Ordenanza 4512-2010

ORDENANZA N° 4512

VISTO:
Que en el interior de la Terminal de Ómnibus los espacios públicos, no cuentan con un sistema de calefacción, y

CONSIDERANDO:
Que el espacio público es el escenario de interacción social cotidiana y tiene un uso social colectivo y diversas actividades, tiene además una dimensión social y cultural.
Que es un lugar de relación y de identificación, de contacto entre la gente, de vida urbana y de expresión comunitaria.
Que nuestra Terminal de ómnibus reúne estas características, ya que ella es un punto de encuentro donde convergen: estudiantes, trabajadore, jubilados, familias, que provienen de los distritos y de ciudad.
Que este espacio público, a su vez nos conecta con los diversos departamentos de la provincia y el ingreso diario genera permanentemente una masiva confluencia de personas.
Que el hall de la Terminal es el lugar público donde los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros utilizan para la espera de las distintas líneas de colectivos.
Que las inversiones que se realicen para mejorar la calidad de los espacios públicos redundan en beneficio de los usuarios.
Que en este sentido, las obras realizadas en los baños públicos, el cierre del hall, la optimización de espacios para el centro comercial, generan equidad para los ciudadanos.
Que se hace necesario invertir en un sistema de calefacción para el hall de espera de la Terminal de ómnibus, teniendo en cuenta las bajas temperaturas que normalmente tenemos en esta época del año, es seguir mejorando la calidad del espacio público.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, dispone la instalación de un sistema de calefacción en el hall de espera de la Terminal de Ómnibus, debiendo el Departamento Ejecutivo, arbitrar los medios necesarios a tal fin.

Artículo 2°: El gasto que demande la implementación de la presente Ordenanza, deberán incorporarse a la partida correspondiente en el presupuesto vigente.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 03 días del mes de agosto de 2010.

JAVIER RODRIGUEZ MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2010-00226-5 C.D.

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