
ORDENANZA N° 4530
VISTO:
La reunión mantenida con vecinos del distrito La Reducción, donde solicitan la modificación al Artículo 1° de la Ordenanza N° 4514, y
CONSIDERANDO:
Que este pedido realizado mediante nota de fecha 05 de octubre de 2010, se fundamenta en que en la Ordenanza N° 4514 en su Artículo 1° se menciona la construcción de un apeadero en calle Maldonado, debiendo decir calle “Ortiz”.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA:
Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4514, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 1°: Inclúyase en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto vigente, la construcción de tres apeaderos, los cuales deberán construirse: el primero en el cruce de la Ruta 62 del Distrito La Reducción y calle Guillermo Cano; el segundo a 1.000 metros aproximadamente sobre Ruta 62 antes de llegar a la entrada del Yacimiento Petrolífero La Ventana; y el tercero sobre el viejo Carril La Reducción y calle Ortiz.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 02 días del mes de noviembre de 2010.
| JAVIER RODRIGUEZ | MAURICIO DI CÉSARE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2010-00342-0 C.D.