Ordenanza 4551-2011

ORDENANZA Nº4551

VISTO
Que el próximo día 30 de abril del corriente mes y año, se inaugura en el Distrito de La Reducción, el Centro de Educación Municipal, y

CONSIDERANDO
La importancia de este nuevo Centro de Educación Municipal, que ha de cumplir a partir de su inauguración, brindará a los vecinos del Distrito La Reducción especialmente a niños y jóvenes, la oportunidad de contar con una Biblioteca; Jardín Maternal; Centro de Educación para Adultos, y contará con un Playón Deportivo donde se podrá realizar distintas actividades, como así también un programa Deportivo Municipal.
Que, este nuevo edificio está emplazado en un terreno donado por don Julio Emilio “Gaucho” Catena, vecino de este Distrito e hijo de Nicolás y Ana Moscetta, familia de una extraordinaria actividad Vitivinícola,  política y de alto compromiso social al servicio del pueblo de Rivadavia.
Don Emilio, hombre que sobresalía por su bonhomía, su generosidad y por gran simpleza, tuvo a su lado a una ejemplar mujer, doña María Esther Ossola con quién trajo al mundo sus seis hijos.
Muy conocido por sus famosos dichos criollos como también un exelente jinete por ello de su mote de “gaucho”.
Fue un  político de raza que participó en las filas de la Unión Cívica Radical del Pueblo, llegando a ocupar el cargo de Intendente por el departamento de Rivadavia allá por el año 1961, y que dejó con su vocación de servicio, un ejemplo de conducta social, cultural y democrática.
Que, este Concejo Deliberante se enorgullese y se complace en nominar con su nombre a este nuevo Centro Cultural Municipal, como así también de Declararlo de Interés Departamental Socio-Cultural, Educativo y Deportivo.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Nomínese JULIO EMILIO CATENA, al Centro de Educación Municipal, ubicado en el Distrito La Reducción.

Artículo 2º: Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en conjunto con el Concejo Deliberante de Rivadavia, procedan a colocar una Placa recordatoria en el mencionado edificio.

Artículo 3º: Declárese de Interés Socio-Cultural; Educativo y Deportivo Departamental, al Centro de Educación Municipal.

Artículo 4º: Remitir copia de la presente pieza legal a los familiares de don Julio Emilio Catena, para su conocimiento y demás efectos.

Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 26 días del mes de abril de 2011.

JAVIER RODRÍGUEZ MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2011-00095-3 C.D.

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