Ordenanza 4645-2012

ORDENANZA Nº4.645

VISTO:
La Ordenanza Nº4.524, mediante la cual se declara de Utilidad Pública y Sujeta a Reembolso los Programas de Construcción de Hormigonado de Barrios y Calles en el Departamento, y

CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 6º de la citada Ordenanza, se establece que una vez terminada la obra se deberá remitir al Concejo Deliberante para su aprobación el proyecto de Ordenanza donde se declare en forma individual y por Barrio, la obra de Utilidad Pública y Sujeta a Reembolso, autorizando al Área de Rentas Municipales a aforar el importe resultante establecido en el Artículo 7º.
Que, habiendo finalizado la obra de hormigonado de Calles del Barrio Confraternidad, de la ciudad de Rivadavia, es indispensable obtener la autorización para el cobro de aquellos vecinos que no hayan realizado el aporte del cemento solicitado, a los que se les deberá cargar al Padrón Municipal el valor de las bolsas de cemento solicitadas, más un recargo del 50% sobre el saldo en concepto de compensación por costos de mano de obra, maquinarias y áridos. Para aquellos vecinos que justificaron su imposibilidad de pago, mediante informe de Asistente Social, se aforará solamente el valor del cemento solicitado.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Declárese de Utilidad Pública y Sujeta a Reembolso, las obras de Hormigonado de las Calles: Mario Vitale; Santa Rosa y Darío Arenas del Barrio Confraternidad de la ciudad de Rivadavia.

Artículo 2º: Autorizar a realizar el aforo a los Titulares de los Padrones que no hayan entregado el cemento solicitado, de acuerdo con la Ordenanza Nº4.524, Artículo 7º, Inc. 7.1 y 7.2; al valor del mercado al momento de realizar dicho aforo.

Artículo 3º: Autorizar al Área de Contaduría Municipal, para que a través de Rentas Municipales se realicen los cargos por reembolso correspondientes a cada propiedad beneficiada con la obra en relación.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 11 días del mes de setiembre de 2012.

JAVIER RODRÍGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2012-00214-9 C.D.
Nº2012-08.719-9 D.E.

Compartir publicación: