
ORDENANZA Nº4.670
VISTO:
La necesidad de construcción de rampas en la plaza Mariano Moreno del Barrio Marcial Pérez, y
CONSIDERANDO:
Que, debido a la falta de estas, se hace difícil para determinadas personas el acceso a este espacio público, para realizar actividades que tengan que ver con recreación y encuentro social.
Que, ante esto se hace indispensable la colocación de rampas en las cuatro esquinas de la plaza para garantizar de esta manera un desplazamiento más autónomo y seguro, tomando conciencia sobre la problemática que aqueja a las personas con discapacidades motoras, adultos mayores, padres que circulan con carritos de bebés y a todas aquellas personas que ven limitada su libre circulación.
Que, este Concejo Deliberante debe velar por la integración de los vecinos de nuestro Departamento por lo que considera urgente y necesario la construcción de dichas rampas.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias y convenientes con carácter de urgente, para la construcción de rampas para el mejor desplazamiento de los discapacitados.
Artículo 2º: Lo normado en el Articulo 1º, en referencia a las rampas, deberán ser construidas en cada esquina de la Plaza para una mejor circulación, autorizando además la colocación de carteles que impidan el estacionamiento de autos frente a estas.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2012.
| JAVIER RODRÍGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2012-00183-6 C.D.