Ordenanza 4738-2014

ORDENANZA Nº4.738

VISTO:
El Expediente Municipal Nº2014-06478-2, caratulado: “Desarrollo Económico. Solicita Ampliación Zona Industrial”, y

CONSIDERANDO:
Que en el año 2011 mediante Ordenanza Nº 4.600, se establece la zonificación determinando una zona industrial departamental.
Que el Plan de Ordenamiento Territorial, ha sido elaborado mediante instancias de participación y con la colaboración de técnicos idóneos que validan el mencionado plan.
Que el crecimiento demográfico que ha sufrido nuestra Ciudad cabecera, ha dejado en el interior de la misma: industrias, talleres y servicios que hoy en día son incompatibles con las normativas en materia ambiental y uso del suelo.
Que el Parque Industrial, es una extensión de terreno destinada a la radicación de industrias, que cuenta con una infraestructura en accesos a servicios (como: luz, energía, gas, agua potable, tratamiento de efluentes y otros), puede o no contar con distintos beneficios de tipo impositivos, fuentes de energía y contar con vías de acceso cercanas con proveedores y el mercado.
Que de acuerdo con esta realidad, se hace necesario ampliar la zona industrial, razón por la cual se le solicita al Honorable Concejo Deliberante la ampliación de la misma, sugiriendo los siguientes límites: al Norte calle Belgrano, al Sur calle Isaac Estrella, al Oeste límite con zona residencial especial, según Ordenanza Nº 4.600 y al Este calle Lobos del departamento de Rivadavia.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Autorícese  al Departamento Ejecutivo Municipal, a ampliar la Zona Industrial desde el límite fijado al Oeste límite con zona residencial especial, según Ordenanza Nº 4.600 de Ordenamiento Territorial, hasta calle Lobos, entre límites al Norte calle Belgrano y al Sur calle Isaac Estrella del departamento de Rivadavia.

Artículo 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municpal, a realizar las actuaciones conducentes para que dentro de la Zona Idustrial del departamento de Rivadavia, sea factible la colocación de un “Parque Industrial” dentro de los límites mencionados en el Art. 1º.

Artículo 3º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar el llamado a licitación para adquirir un terreno de no menos de siete hectáreas para la instalación del mismo que facilite a la planificación departamental.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 06 días del mes de agosto de 2014.

JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº2014-00107-3 H. C.D.
Nº2014-06478-2 D.E.

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