
ORDENANZA Nº4.741
VISTO:
La necesidad de seguir colaborando con la seguridad de las personas en todos los órdenes y la prevención de accidentes, y
CONSIDERANDO:
Que por la cantidad de vehículos que transitan por calle W. Nuñez e I. Estella.
Que en los distintos giros ya sea a la derecha o bien a la izquierda cuando se llega a la intersección antes mencionada existe un peligro real.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá colocar barras de protección de giro en ambas direcciones en la calle W. Nuñez e I. Estrella sobre los extremos laterales del puente, para la tranquilidad de toda persona que por allí transita.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 16 días del mes de setiembre de 2014.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2014-00170-1 H. C.D.