Ordenanza 4751-2014

ORDENANZA Nº 4751

VISTO:
El Expediente Nº 2014-00290-7 caratulado: “Vecinos Barrio San Cayetano. Confirma Nombres de Calles”, y

CONSIDERANDO:
Que los vecinos firmantes de la nota integrante del citado expediente, manifiestan su conformidad respecto de los nombres de las calles Junín, Santa Rosa y La Paz, que figuran en el plano de su barrio, pero que carecen de su correspondiente Ordenanza.
Además, solicitan la imposición de “7 de Agosto” a la calle sin nombre que figura en el plano como Nº 1; y “Amanecer”, a la que figura en el plano como Nº 2.
Que según el Artículo Nº 78 de nuestra Ley Orgánica de Municipalidades,  “le compete al Honorable Concejo Deliberante, mediante una Ordenanza, imponer nombres a las calles, paseos y demás lugares de utilidad pública, siempre y cuando no signifiquen un homenaje a persona alguna en vida”. Asimismo, la solicitud se encuadra en lo dispuesto en la Resolución Nº 15/1996, de este Honorable Concejo Deliberante, avalada por los vecinos frentistas a dichas arterias.
Que dicha propuesta conlleva un manifiesto compromiso vecinal, puesto que la denominación “7 de Agosto” deviene del día de la celebración de “San Cayetano”, el Patrono de dicho Barrio; y, no escapa a rivadavienses de todos los Distritos que en esa Comunidad, cada 7 de Agosto se celebra dicha festividad a nivel Departamental. Asimismo, el nombre “Amanecer” constituye una expresión cargada de un profundo afecto sociocomunitario.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades

ORDENA

Artículo 1º:  Nomínese “Junín”, “San Rosa” y “La Paz” a las calles del barrio “San Cayetano”, de esta Ciudad, que corren paralelas a calle Chañar, hacia el oeste.

Artículo 2º: Nomínese “7 de Agosto” a la calle que figura sin nombre al sur del Barrio “San Cayetano” que corre de Este a Oeste, desde calle “Junín” a la calle “La Paz” y que figura como Nº 1 en el plano adjunto.

Artículo 3º: Nomínese “Amanecer” a la calle que corre paralela al Oeste de calle La Paz, del citado Barrio y que figura como Nº 2 en el plano adjunto.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de noviembre de 2014.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2014-00290-7   H.C.D.

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