Ordenanza 4879-2017

ORDENANZA Nº 4.879

VISTO:
El Expediente Nº 08730-1-S-2017, caratulado “SECRETARIO DE GOBIERNO – Eleva Proyecto de Ordenanza”, en que a fojas 3 con su firma el Intendente de la Municipalidad de Rivadavia, Dn. Miguel Ángel RONCO, asiente su voluntad de declarar como Patrimonio Cultural los terrenos municipales de la ex Bodega y Viñedos Gargantini S.A.I.C.,  y

CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 con su firma el Secretario de Gobierno Hernán G. Amat; y en fojas 3, el Sr. Miguel Ángel Ronco, en su carácter de Intendente Municipal, y por el poder que enviste, asiente su voluntad de declarar como patrimonio cultural los terrenos que se describe en los considerando.
La necesidad de Declarar de Interés Público y Patrimonio Cultural las Fracciones de terrenos indicadas como IV, V, VI, VII, del plano visado bajo el Nº 19187 de Rivadavia, y archivado en la Dirección General de Catastro.
Que el objetivo de este Proyecto de Ordenanza es “Declarar de Interés Provincial la protección, conservación, restauración y acrecentamiento de todos aquellos bienes que conforman el Patrimonio Cultural de la Provincia de Mendoza” tal como establece en la Ordenanza Nº 3.880 del año 2000 y las leyes provinciales Ley 6.034 y Ley 6.133 de gestión de Patrimonios Provinciales.
Que parte del inmueble perteneció a la firma “Bodegas y Viñedos Gargantini S. A. I. C.; el cual fue adquirido por la Comuna mediante una interesante e inexcusable decisión gubernamental, puesto que estamos frente a la oportunidad histórica de poder conservar, proteger, restaurar y acrecentar un inmueble que posee un valor patrimonial innegable por cuanto fuero fundacionales para las industrias vitivinícolas, olivícola y en particular para el desarrollo económico y sociocultural de nuestro departamento durante el establecimiento de la firma Gargantini en la ciudad de Rivadavia; como se establece en fojas 4 del mencionado Expediente.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Declárese Patrimonio Cultural Departamental, bajo los alcances de la Ley Provincial Nº 6.034 y la Ley Provincial Nº 6.133, los rasgos de terrenos designados, según el plano de mensura Nº 19187 de Rivadavia, como: Fracción IV, con una superficie según mensura y según título de 4.4998, 95 m2, Nom. Cat. 10-99-00-1300-879194-0000-3, Padrón Rentas 10-22333-7; Fracción V, con una superficie según mensura y según título de 6.805,19 m2, Nom. Cat. 10-99-00-1300876195-0000-2, Padrón Rentas 10-22334-5; Fracción VI, con una superficie según mensura y según título de 6.297,38 m2, Nom. Cat. 10-99-00-1300-876196-0000-7, Padrón de Rentas 10-22335-2; y Fracción VII, con una superficie según mensura y según título de 4.498,98 m2, Nom. Cat. 10-9900-1300-876197-0000-1, Padrón Rentas 10-22336-0. Todas las fracciones se encentran inscriptas en el Registro de la Propiedad en las Matriculas Nº 445738/10, 421873/10, 445737/10, Asiento A-1 de Rivadavia, fecha de inscripción 15/02/2017 y fecha de escrituración 11/04/2013.

Artículo 2º: Por Departamento Ejecutivo se deberán realizar los actos útiles y necesarios ante la Dirección de Patrimonio de la Provincia para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro            de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de noviembre de 2017.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2017-08730-1 D. E.
Cpde. Expte. Nº 2017-00148-4 H.C.D.

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