Ordenanza 4889-2018

ORDENANZA Nº 4.889

VISTO:
El Expediente Nº  15168-6-I-2016, caratulado “Donación de calles con cargo, INVERSORES INMOBILIARIOS DEL ESTE S.A. Presentación proyecto e inicio de obras de urbanización – Ciudad – Rivadavia”, en el que a fojas 1 con su firma la propietaria, representada por su Presidente, del terreno en cuestión, asiente su voluntad de donar, y

CONSIDERANDO:
La necesidad de declarar de interés público y sujeto a expropiación los rasgos de terreno afectados por las prolongaciones de la calle Paso de los Toros, ensanche Calle Chañar, y la apertura de las Calles indicadas como Nº 1, 2 a, 2 c, 3 a, 3 b, espacio (según art. 26,Ley 4341) y ochavas.
Que en la propiedad de INVERSORES DEL ESTE S. A. y siendo que las mismas son indispensables para el desarrollo urbanístico de la zona, y para que los futuros vecinos que allí adquieran fracciones para vivienda, se puedan realizar el tendido de red eléctrica y agua potable.
Que urbanísticamente las calles indicadas en el párrafo anterior son de fundamental importancia para el desarrollo vial de la zona donde se emplaza el proyecto, teniendo en cuenta que el futuro emprendimiento dará otra salida al Barrio Democracia.
Que la propietaria adjunta toda la documentación solicitada por la Oficina de Catastro, planos de mensura con las afectaciones correspondientes ya establecidas y demarcadas en el terreno, de urbanización completo, copias de dominio y acta de directorio de la sociedad, donde se establece su necesidad de donar.
Que la titular posee proyectos de urbanización, los cuales están sujetos a las aperturas de las calles, para el crecimiento urbanístico.
Que la donante solicita que se considere en parte de cargo de la donación, el perfilado de cunetas en tierra y calles.
Que la urbanización faltante estará a cargo exclusivamente de la titular del terreno.
Que el valor del terreno supera ampliamente el costo del cargo solicitado.
Que se adjunta el plano de mensura donde se determinan las superficies a donar con sus medidas lineales y de superficies correspondientes.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Acéptese la donación con cargo realizado por INVERSORES DEL ESTE S.A., CUIT Nº 30-71045664-6, los rasgos de terrenos afectados por prolongación de Calle Paso de los Toros desde Barrio Democracia hasta ensanche de Calle Chañar, con una superficie según mensura de 7.311,50 m2; ensanche de calle Chañar, con una superficie según mensura de 961,14 m2; Calle Nº 1 con una superficie según mensura de 5.074,83 m2, Calle Nº 2 con una superficie según mensura de 286,39 m2, Calle Nº 2 b con una superficie según mensura de 668,27 m2, Calle Nº 2 c con una superficie según mensura de 377,04 m2; Calle Nº 3 a  con una superficie según mensura de 821,84 m2; Calle 3 b con una superficie según mensura de 517,70 m2; espacio según Art. 26 de la Ley 4.341, con una superficie según mensura de 1.552,46 m2; y las ochavas correspondientes a cada intersección de las futuras calles publicas con una superficie según mensura de 65,72 m2. Como se observa en el expediente municipal Nº 15168-6-I-2016 “INVERSORES INOBILIARIOS DEL ESTE S. A.- Presentación proyecto e inicio de obras de urbanización – Donación Terreno Calles”, la propiedad posee Nom. Cat.: 10-99-00-0400-445679-00003, Padrón de Rentas Nº: 10-21869-1, Padrón Municipal Nº 16184, anotada en la Dirección de Registros Públicos y Archivos Judicial de Mendoza en Folio Real, Matricula Nº 350503, Asiento A-1 de Rivadavia, con fecha de inscripción: 06/12/2010 y fecha de escrituración: 12/11/2010.

Artículo 2º: Que el cargo mencionado en el Articulo 1º se refiere a la construcción de la alcantarilla Sudeste del emprendimiento inmobiliario, por donde pasara el futuro desagüe Chañar; este mismo fue canjeado por la construcción de la alcantarilla que limita el Barrio Democracia con el mencionado emprendimiento, el cual ya fue construido de manera eficiente, y tiene un mayor valor, ya que el desagüe aun no se encuentra trazado en cambio la conexión con el Barrio Democracia permite el acceso y la fluidez optima del tránsito vehicular y peatonal.

Artículo 3º: Por el Departamento Ejecutivo se deberán realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro de la Propiedad para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 13 días del mes de marzo de 2018.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2018-00030-3 H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2016-15168-6 D. E.

Compartir publicación: