VISTO:
El Expediente Nº 2022-00209-7, caratulado Bloque Sembrar, concejales Mansur –
Pichilli, presentan proyecto de Ordenanza: Adhesión a la Ley Provincial Nº 8435, y
CONSIDERANDO:
La Ley 8.435 y el Decreto reglamentario 2.266/2013.
Que, la Economía Social y Solidaria es un factor de desarrollo local y comunitario
que por lo tanto contribuye a las estrategias de ingresos de las familias en situación de
vulnerabilidad social.
Que, la Economía Social y Solidaria contribuye a la equidad en la asignación de
recursos para los diferentes actores de la cadena de valor y generación de empleo digno.
Que, la Economía Social y Solidaria defiende el Patrimonio Natural y Cultural de
las comunidades locales.
Que, se entiende por Economía Social y Solidaria (E.S.y S) al conjunto de recursos
y actividades, y grupos, instituciones y organizaciones, que operan según principios de
solidaridad, cooperación y autoridad legítima, en la incorporación y disposición de recursos
para la realización de actividades de producción, distribución, circulación y financiamiento
y consumo digno y responsable; cuyo sentido no es el lucro sin límites sino la resolución de
las necesidades de los trabajadores, sus familias y comunidades, y del medio ambiente; para
lograr una sociedad más justa, inclusiva e igualitaria.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Adhiérase a la Ley Provincial 8.435 sobre la Creación del Programa de
Promoción de la Economía Social y Solidaria de la Provincia de Mendoza.
Artículo 2°: Designar como órgano de aplicación de la presente Ordenanza a la
Subdirección de Desarrollo Económico o el área que en un futuro la reemplace.
Artículo 3°: Como parte del cumplimiento de dicha Ordenanza el órgano de aplicación
deberá brindar asesoramiento para la inscripción al Registro de Unidades de Economía
Social y Solidaria (RUESyS) creado en función de la Ley Provincial 8.435.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro
de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 02 días del mes de agosto de 2022.
ILIANA ROQUE DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.