VISTO:
El Expediente Nº 2022-000310-3, caratulado: Bloque UCR, Concejales Machin – Amar, presentan
proyecto de Ordenanza: Colocar reductores de velocidad y señalización en calle Sarmiento y San Martín,
y
CONSIDERANDO:
La importancia de colocar reductores de velocidad y señalización en calle Sarmiento y San Martín
de la ciudad de Rivadavia para mejor el tránsito.
Que es de suma importancia dar respuesta a la problemática debido a la influencia masiva y alta
velocidad de motos, autos, colectivos y camiones que se desplazan por las arterias comprendidas entre
calle Sarmiento y San Martin.
Que este proyecto surge de la necesidad y el pedido constante de vecinos, que han visto con
buenos ojos la reciente obra de la Calle San Martin, pero que ha aumentado de manera significativa la
transitabilidad y por ello el riego de transeúntes y residentes de la zona.
Que la principal dificultad que se presenta debido a la excesiva velocidad de vehículos, puede
provocar una futura causa de muerte de víctimas por accidentes de tránsito.
Que los reductores de velocidad, son una construcción elevada que se colocan sobre el pavimento
en sentido transversal a la circulación de tránsito, con el fin de inducir al conductor a reducir la velocidad.
Que el objeto de la instalación de reductores y la señalización vial correspondiente sea para
mejorar el tránsito y proteger la vida e integridad de las personas.
Que ante todo lo expuesto, se debe velar por la seguridad y la salud de los vecinos de nuestro
Departamento, por lo que se considera urgente y necesaria la colocación de reductores sobre la citada
intersección.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal realice la construcción de reductores de
velocidad en calle Sarmiento e intersección con San Martin de la ciudad de Rivadavia.
Artículo 2º: Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal realice la instalación correspondiente de
cartelería para señalizar los reductores de velocidad, y realice un estudio de factibilidad para instalar el
reductor más adecuado a la zona.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas
de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de
Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de septiembre de 2022.
ILIANA ROQUE DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.