VISTO:
El Expediente No 2022-00329-3, caratulado: Interbloque Sembrar, Concejales:
Mansur -Pichilli, Proyecto de Pedido de Informe: “Implementación de las capacitaciones en
Ley Micaela “y,
CONSIDERANDO:
La Ley Nacional N° 27.499, la Ley Provincial N° 9.196 y la Ordenanza Municipal
N° 4.951.
Que la Ley Nacional N° 27.499 fue sancionada luego del femicidio de Micaela
García y establece una capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra
las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus
niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Que la Provincia de Mendoza adhiere a la capacitación para todas las personas que
se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los Poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial a través de la Ley Provincial N° 9.196.
Que la Ordenanza N° 4.951 aprobada por este cuerpo adhiere a la capacitación para
todas las personas que integran el Poder Ejecutivo y Legislativo municipal y establece en su
artículo 2 que la Dirección de Desarrollo Social, Hábitat y Salud de la Municipalidad de
Rivadavia deberá informar sobre su cumplimiento.
Que hay una escalada de violencia machista en el mundo y, en particular, en nuestro
departamento.
Que es necesario seguir contribuyendo a la formación de nuestros agentes en la
temática.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus
facultades:
PEDIDO DE INFORME
Artículo 1.- Solicitar al Departamento Ejecutivo que en un plazo no mayor a 15 (quince)
días de sancionada esta norma, informe en detalle los siguientes datos sobre la Capacitación
obligatoria en género denominada “Ley Micaela”:
a) Informe completo de la aplicación de la Ordenanza N° 4.951 desde su aprobación
hasta la fecha.
b) Cantidad de empleados/as por área que han cursado y aprobado la capacitación y
cantidad de empleados/as que aún no lo han acreditado.
c) Nómina de funcionarios/as del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo que han
cursado y aprobado la capacitación y nómina de funcionarios/as que aún no lo han
acreditado.
d) Plan de actualización permanente de los contenidos para personal que ya realizó
la capacitación.
e) Cualquier otra información que resulte pertinente.
Artículo No2: – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Pedidos de Informe de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 04 días del mes de octubre de 2022.
ILIANA ROQUE. DR. HERNÁN AMAT.
SECRETARIA H. C.D. PRESIDENTE H. C.D
Cpde. Expte. No 2022-00329-3 H.C.D.