PEDIDO DE INFORME N° 23-2022

VISTO:
El Expediente No 2022-00375-6 caratulado Interbloque Sembrar Concejales
Mansur- Pichilli presentan Proyecto de Pedido de Informe: Programa de Protección al
Productor.
CONSIDERANDO:
El Expediente N° 2022-00223-8 “Subdirección de Desarrollo Económico eleva
respuesta al Pedido de Informe N°10/22”.
Que, el pasado 05 de julio se aprobó el Pedido de Informe N° 10/22 por el cual se
solicita una evaluación del Área de Desarrollo Económico.
Que, consta su respuesta en el Expediente N° 2022-00223-8 (Expediente Municipal
N° 2022-13221-7) en informe firmado por la Directora de Gestión Social y por el
Subdirector de Desarrollo Económico.
Que, el Pedido de Informe N° 10/22 solicita en su art. 1 inc. d los beneficiarios del
Programa de Protección al Productor y criterio con el que fueron priorizados.
Que, a fs. 01 del Expediente N° 2022-00223-8 se indica solamente que la
priorización fue establecida por el ISCAMEN y remiten a fs. 4 a 13 listado poco claro e
incompleto de los beneficiarios.
Que es necesario aclarar los aspectos solicitados en este Pedido de Informe para una
mejor comprensión de la ejecución del programa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus
facultades:
PEDIDO DE INFORME
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que en un plazo no mayor a 15 (quince)
días de sancionada esta norma, informe en detalle los siguientes datos del Programa de
Protección al Productor en su Temporada 2021/2022:
a) Informar los criterios establecidos por el ISCAMEN, con el que fueron
priorizados los productores beneficiarios, acompañando copia de la norma que los
establece. Si el municipio modificó alguno de los requerimientos de priorización del
ISCAMEN indicar los fundamentos y con qué norma autorizó los mismos.
b) Cuántos kilogramos totales y tipo de envase de Oxicloruro de Cobre y Azufre
fueron recibidos del ISCAMEN y cuántos fueron distribuidos en los productores. Si el
Municipio aportó algún agroquímico o brindó otro tipo de apoyo a los productores por las
contingencias sufridas, indicar los mismos.
c) Indicar en forma detallada, sin unificar, por CUIT y productor lo siguiente:
i) Apellido y nombre o razón social del Productor
ii) Tipo de daño al cultivo (helada o granizo)
iii) Número de CUIT
iv) Número de RUT
v) Cantidad de Oxicloruro de Cobre y cantidad de Azufre recibido
vi) Número de denuncia ante la DACC con fecha de siniestro
vii) Hectáreas totales tasadas por DACC
viii) Porcentaje de daño
ix) Ubicación de cada propiedad por Distrito del departamento.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro
de Pedidos de Informe de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de octubre de 2022.

ILIANA ROQUE. HERNÁN AMAT.
SECRETARIA H. C.D. PRESIDENTE H. C. D.

Cpde. Expte. No 2022-00375-6- H.C.D.

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