Resolución 01-2004

RESOLUCIÓN N° 01

VISTO
El Expediente Municipal Nº 2003-14834-9-I, caratulado Intendente Municipal, eleva Proyecto Ordenanza Tarifaria 2004, Y

CONSIDERANDO
Que teniendo en cuenta que la Ordenanza Tarifaria Municipal, es el instrumento Departamental que establece sus impuestos, y que como toda acción política se desprende de un marco teórico, es inevitable realizar, aunque escuetamente, el pensamiento del Estado en esta materia.
Cuando hablamos de Estado, se hace necesario destacar dos grandes corrientes  contrapuestas que hoy definen la doctrina. Una es concebir el Estado como un instrumento de integración social y de resolución de problemas capaz de armonizar los diferentes intereses sociales y servir por igual a todos los ciudadanos. Otra concepción opuesta a la anterior,  define al estado como una expresión jurídico – política de un grupo o clase dominante que lucha por alcanzar el poder para utilizarlo en provecho propio y beneficiando primordialmente a los sectores económicamente poderosos.
Quienes nos enrolamos en la primera definición sostenemos como condición sine qua non , para que el Estado logre ser una herramienta de integración social justa, se debe hacer una utilización responsable, eficaz y eficiente de los recursos con los que se cuenta. Esto, implica impulsar todas aquellas políticas que optimicen el recurso para brindar los servicios básicos, llevar adelante obras que aporten al progreso de la comunidad, y asistir a los sectores sociales mas desprotegidos en sus necesidades elementales.
Después de esta definición de Estado, es imprescindible situarnos en nuestro estado argentino. Realizar un examen histórico desde su nacimiento a la fecha significaría componer todo un volumen tan tedioso como gracioso y propio de la ciencia ficción, que si bien se lo merece, no vendría al caso. Para ello, haremos un corte sincrónico de  la última década como análisis, ya que, salvo los hechos políticos particulares de cada etapa histórica, ésta conlleva las mismas causas que estuvieron presentes desde siempre, endeudarnos para cubrir el déficit.
A principios de la década del 90 se empezó a discutir sobre el rol del Estado y obviamente de su reforma. El corazón del problema era controlar la inflación que tenía dos causas estructurales, el creciente gasto público y el aumento impositivo. Aún cuando la inflación tiene raíces mas complejas, las causas mencionadas eran el meollo a resolver.
Esta mentada reforma del estado, se centró exclusivamente en dos puntos de inflexión, la venta de aquellas empresas estatales que supuestamente producían el gran déficit y establecer un cambio monetario que fijó, un peso, un dólar. Esta elucubración económica que comenzó como un cuento de hadas, terminó al mejor estilo shakespereano, en tragedia. Más allá de entrar en una discusión particular sobre que se debía privatizar o no, sobre cómo se debía hacer y cuál debería haber sido la política monetaria, lo esencial fue que no se redujo el déficit, la deuda siguió en ascenso, las verdaderas reformas nunca llegaron y lo más grave fue que se generaron un sinnúmero de aumentos impositivos para sostener un Sistema Fiscal pérfido y vicioso.
Después de esta escueta observación, debemos focalizarnos en el tema impositivo, que es sin dudas, la médula a tratar.
La historia impositiva de nuestro país, ha llevado a muchos estudios, ninguno de ellos lamentablemente alentadores al respecto. Distintos economistas han arribado prácticamente al mismo diagnóstico,   los impuestos argentinos tienen un carácter distorsivo y regresivo. Esta impronta de impulsar permanentemente políticas  impositivas que en vez de superar los viejos y eternos problemas, hacen sino, arrastrarnos a una involución del sistema.
Parece que los argentinos nos esforzamos denodadamente  en sustentar teorías de economistas de talla internacional como el Nóbel Paul Samuelson, que hace un par de décadas realizó una clasificación de la economía mundial afirmando que existen cinco categorías: están los países Capitalistas, los de la órbita Socialista y los del muy heterogéneo Tercer Mundo, pero existen dos economías en el planeta que no alcanzan ninguna sistematización, son tan peculiares e impredecibles que se los debe ubicar aparte. Uno es Japón, que no se entiende como le ha ido tan bien y el otro es Argentina, que no se puede explicar como le ha ido tan mal.
La composición de nuestro sistema impositivo tiene aristas que parten desde problemas conceptuales a fuertemente ideológicos. Los impuestos directos que afectan a los contribuyentes grabando los capitales  y las rentas, parecen brillar por su ausencia en nuestro Estado, ya que en vez de ser la columna vertebral de la recaudación es siempre una materia pendiente. Ahora si nos referimos a los impuestos indirectos que son aquellos que se establecen en función de la producción, el consumo y el intercambio, y que no reflejan precisamente ni el capital ni la riqueza son los soportes fundamentales del sistema fiscal.
Cuando advertimos problemas conceptuales, nos referíamos directamente a que la recaudación debería sostenerse sobre el tributo más justo, que es aquél centrado en la plusvalía (el impuesto directo). Pareciera que a comienzos del siglo XXI, todavía no podemos llevar a la práctica aquella vieja definición filosófica, que establece que a mayor rentabilidad, mayor tributo (en materia fiscal este sistema se denomina progresivo, el cual es el utilizado en los países desarrollados). A esta altura de la historia argentina siguen siendo los que menos tienen los que sostienen el Estado, toda una cuestión ideológico–filosófica.
Este curso de injusticia impositiva regresiva, con una economía colapsada y con un Estado que no cumplió con sus tareas ni obligaciones, llevó a un gran porcentaje de tributadores a evadir los impuestos. Hoy nos encontramos con un alto índice de evasión y con contribuyentes que poseen deudas altísimas, en la mayoría de los casos imposibles de pagar por la situación socio económica que viven.
En este contexto nacional, y con los mismo síntomas se encuentra inmerso el municipio de Rivadavia. Si bien en cuanto a la cuestión deficitaria, nuestro Departamento ha solucionado un problema central, llegando a realizar obras públicas con sus propios recursos; hoy el gran debate pasa por mejorar los ingresos propios, teniendo en cuenta que casi el 70% de los ingresos totales provienen de un recurso agotable y fluctuante como el petróleo.
La pregunta clave entonces, es ¿cómo aumentar los ingresos propios para sostener una caída futura de las regalías petrolíferas?. Teniendo en cuenta que además los servicios prestados por el Municipio irán proporcionalmente en aumento año tras año. Por un lado, este Cuerpo ha sancionado proyectos de Declaración solicitando a los Legisladores provinciales un cambio en los índices de coparticipación provincial, ya que estamos en una seria desventaja con respecto a otros departamentos.
Por otro lado, es éste Concejo el que debe rediseñar las estrategias y políticas que apunten a alcanzar un aumento en los ingresos estrictamente nuestros. En la actualidad el normal  funcionamiento del municipio requiere del ineluctable aporte de las regalías petrolíferas, sin ello el sistema colapsaría. Este cuadro que coyunturalmente tiene solución, de seguir así, en el corto y mediano plazo nos encontraremos con una situación comprometida. Primero, porque sólo el 27% de los contribuyentes están al día con el pago de los servicios, subsidiando a un 73% que recibe los mismos, sin pagar. En segundo lugar, si tenemos en cuenta  que Rivadavia irá creciendo en sus viviendas, proporcionalmente crecerán los servicios a prestar. De continuar el bajo porcentaje de aportantes al día, no se necesita ser clarividente para concluir que futuro en este aspecto deviene oscuro.
Las estadísticas municipales no mienten e indican, que todas las moratorias implementadas a la fecha han resultado ineficientes a la hora de aumentar los ingresos propios. Lo único que generaron fue un enredo administrativo propio de un jeroglífico.
El municipio posee un enorme crédito fiscal producto de  los innumerables deudores, esta suma asciende a VEINTE MILLONES DE PESOS ($ 20.000.000.), pero creer que alguna vez nos encontraremos con un porcentaje significativo de esta acreencia, es un deseo imposible de concretar.
Para concluir, las moratorias generaron jeroglíficos administrativos, e impulsaron a cada vez más vecinos a no pagar, porque los pocos que estaban al día comenzaron a darse cuenta, que no solo subsidiaban a la mayoría que no paga, sino también que a ellos les conviene no pagar y  sumarse a las benditas moratorias.
Este panorama, tiene que cambiar indefectiblemente en el corto plazo, no podemos continuar con las mismas políticas tributarias, que afectan no solo los ingresos Municipales, sino también a los pocos que siempre pagaron y nunca se les recompenso.
Actualmente este Cuerpo a discutido ciertas reformas impositivas, las mismas contienen un par de herramientas que pueden ser alternativas de cara al futuro. Consideramos que todo nuevo instrumento debe estar acompañado de un contundente análisis, basado en estadísticas detalladas y en datos de otros departamentos que han logrado un mayor éxito en el aumento de sus recursos.
Es así que, un mayor estudio al respecto, requiere de todo los protagonistas desde las distintas áreas del Ejecutivo, a quienes decidimos fijar y normar la política Tarifaria.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia Mendoza, y en uso de sus facultades

RESUELVE

Artículo 1°: Créase en el ámbito del Concejo Deliberante de Rivadavia, la Comisión Especial de Estudio a la Ordenanza Tarifaria y al Código Tributario Municipal, la cual estará constituida por  7 (siete) concejales (cinco miembros de la Comisión de Hacienda y Presupuesto y dos de Legislación Peticiones y Poderes; 5 (cinco) Funcionarios del Departamento Ejecutivo (Asesor Legal, Director de Hacienda, Recaudador Municipal, Jefa de Rentas y Jefe de Inspectores).

Artículo 2°: La mencionada Comisión, comenzará a funcionar desde el 1° de marzo de 2004 y culminará su función el 31 de octubre del mismo año.

Artículo 3°: Toda reforma y/o modificación en la que concluya esta Comisión, se implementará en la Ordenanza Tarifaria y Código Tributario Municipal a partir del 1° de enero del año 2005.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los seis días del mes de  enero de 2.004.

RUBÉN DARÍO GRANDO SILVANA RUTH FRANCESE
A/C SECRETARIA  H.C.D. VICEPRESIDENTA 1°
A/C PRESIDENCIA  H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2004-00004-4 H.C.D.

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