Resolución 17-2012

RESOLUCIÓN Nº 17

VISTO:
Los Expedientes Nº2012-00297-4, caratulado SOEM Rivadavia, presenta Recurso de Revocatoria Según Expte. Nº11395-5 y su acumulado Nº2012-00318-8, referido SOEM Rivadavia, presenta Pronto Despacho, y

CONSIDERANDO:
Que, por disposición de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº1079, todos los temas concernientes al personal dependiente de la Municipalidad es atribución exclusiva del Señor Intendente Municipal, y por tanto el Concejo Deliberante, no es competente para expedirse sobre el tema en cuestión.
Que, además no corresponde al Concejo Deliberante expedirse sobre un pedido de pronto despacho presentado en un Expediente del Departamento Ejecutivo.

POR ELLO:
El  Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo 1º: No dar trámite a la solicitud efectuada en el Expediente Nº2012-00297-4 y su Acumulado Nº2012-00318-8 (Pronto Despacho) y  Recurso de Revocatoria Según Expediente Nº11395-5, por no corresponder.

Artículo 2º: Remitir copia de la presente pieza legal al Señor Secretario General del Sindicato de Obreros y Empleado Municipales (SOEM) Rivadavia, para su conocimiento y demás efectos.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2012.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2012-00297-4 C.D.
Nº 2012-00318-8 C.D.

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