
RESOLUCIÓN Nº 22
VISTO:
El Expediente Nº 2013-00289-0, caratulado: “H.C.D. de General Alvear, remite Resolución Nº 3.452/13”, y
CONSIDERANDO:
Que, en la República Argentina, el Derecho a la Salud está garantizado por la Constitución Nacional, y que a partir de la reforma de 1994 se incluyeron en su texto pactos y convenciones internacionales, puesto que el mismo es un derecho fundamental para la vida de las personas y que se relaciona directamente con todos los Derechos Humanos.
Que, con el fin de apoyar el petitorio que circula en el territorio argentino para que la actual Ley Nacional de Protección al Diabético Nº 23.753/89 y su Decreto Reglamentario Nº 1.271/98, sean revisados, replanteados y modificados en función de los avances científicos, médicos, diabetólogicos, tecnológicos, farmacológicos, nutricionales y educativos que se han desarrollado en el mundo en los últimos diez años, en función de las necesidades reales de las personas con diabetes mellitus que habitan en la República Argentina.
POR ELLO:
Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, adhiere en todas y cada una de sus partes a la Resolución Nº 3.452/13, emanada del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear.
Artículo 2º: Remitir copia de la presente pieza legal al H.C.D. de General Alvear, para su conocimiento y demás efectos.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de noviembre de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00289-0 H.C.D.