Resolución 25-2010

RESOLUCIÓN Nº 25

VISTO:
El Expediente Nº 2010-00274-5, caratulado Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, remite copia de la Resolución Nº 2805/10, referida apoyo estatización Empresa O.S.M. S.A., y

CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Decreto provincial Nº 1690/09, mediante el cual el gobierno de la Provincia de Mendoza, se dispone la intervención administrativa de la Empresa O.S.M. S.A., por razones de riesgo técnico que corria el servicio por encontrarse afectado irregularmente.
Que de acuerdo a las verificaciones realizadas por el Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS), se detectan serias irregularidades en su gestión tanto operativamente como la falta de mantenimiento e inversiones de infraestructura, como asi también en la atención a los usuarios en los servicios de agua y saneamiento que presta la consecionaria, provocando que el servicio que se prestaba evidenciaba un crítico estado del mismo ofrecido por O.S.M. S.A.
Que este servicio público, es el producto esencial para toda la población, el cual abarca la producción, su distribución y comercialización para el abastecimiento humano y de los desagues cloacales e industriales, siendo que el mismo debe ser prestado en las condiciones óptimas de consumo.
Que se considera oportuno generar una nueva empresa que administre este recurso, por cuanto para los mendocinos es uno de los más importantes como lo es el consumo domiciliario.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, adhiere en todos sus términos a la Resolución Nº 2.805/2010, emanada del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, mediante la cual se dispone apoyar la iniciativa del Gobierno de la provincia de Mendoza, en la intervención de Obras Sanitarias Mendoza S.A., en resguardo de la prestación y re-estatización del servicio público de producción, distribución y comercialización de agua para abastecimiento humano y los desagues cloacales e industriales.

Artículo 2°: Solicitar al Ministerio de Infraestructura de la provincia de Mendoza, tenga en cuenta la posibilidad de generar dentro de la Empresa de Obras Sanitarias Mendoza, la participación de los municipios para poder canalizar su necesidades.

Artículo 3°: Remitir copia de la presente pieza legal al Señor Gobernador de la provincia de Mendoza, Cdor. Celso Alejandro Jaque; al Señor Ministro de Infraestructura de la provincia de Mendoza, Dr. Francisco Pérez; al Presidente del Ente Provincial de Agua y Saneamiento, Dr. Javier Montoro y a los Honorables Concejos Deliberantes de la provincia de Mendoza, a los efectos de tomar conocimiento y adhesión a la presente norma.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de setiembre de 2010.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2010-00274-5 C.D.

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