
RESOLUCIÓN N° 29
VISTO:
El expediente 2006-00230-3, caratulado HAUILLE H. HADEL, en representación de Honorio Hauille solicita Acogerse a la Ley N° 7.496, y
CONSIDERANDO:
Que el solicitante reúne los requisitos previos por el artículo 1° y 2° de la ley N° 7.496 y 3° del Decreto 443°.
Que no ha recibido por su condición de cesanteados de la Administración Municipal en la época del proceso militar, suma de dinero por indemnización, subsidios u otros beneficios análogos.
Que lo expuesto se acredita con la presentación de los siguientes instrumentos:
-Certificado realizado por la Oficina de Personal de la Municipalidad de Rivadavia, que acredita que el solicitante fue obrero temporario desde el día 01-10-73 hasta el día 15-03-74, reincorporado el 19-01-76 hasta el 11-05-76, y nuevamente reincorporado el día 01-05-87, hasta el día 12-04-00, fecha que se acogió al beneficio jubilatorio.
-Copia certificada de la Resolución 2349/76, mediante la que se da de baja como personal obrero de la Municipalidad de Rivadavia de conformidad por el Decreto Ley N° 177.
-Declaración Jurada que acredita que no ha recibido ningún subsidio, indemnización ni beneficio, ni haber iniciado acciones judiciales contra el Estado Municipal ni Provincial.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1°: Aprobar la solicitud de subsidio fijado por Ley 7.496 formulada por el Sr. HAUILLE, HADEL en representación de HAUILLE HONORIO L.E. N° 6.843.883, de conformidad a lo dispuesto por Resolución N° 12/06.
Artículo 2°: Tener por acreditado que el Sr. HAUILLE HONORIO fue dado de baja durante la Dictadura Militar por aplicación del Decreto Ley N°177/76 sin Sumario Legal previo y por cumplidos los requisitos de admisibilidad del beneficio previstos por la Ley 7.496 y Decretos Reglamentarios N° 443 y 795.
Artículo 3°: El oportuno pago del subsidio será asumido por el Gobierno de la Provincia, quedando exento el Municipio de toda obligación pecuniaria relativa al mismo, según Resolución 12/06.
Artículo 4°: Comuníquese al Gobierno de la Provincia de Mendoza, al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia a los 31 días del mes de octubre de 2006.
| RUBÉN DARÍO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2006-00218-8 C.D.