
RESOLUCIÓN Nº 29
VISTO
La necesidad de realizar una nueva demarcación de sendas peatonales en el departamento, y
CONSIDERANDO
Que, en nuestra Ciudad se puede observar el incremento de la circulación de vehículos por nuestras arterias, y que no se visualiza una adecuada demarcación de las sendas peatonales en el radio céntrico.
Que, ante la falta de la demarcación correspondiente, los peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de automotores, hacen que el tránsito se torne sumamente peligroso, para la integridad de nuestros vecinos.
Que, se torna imperioso comenzar con una campaña de marcado de sendas peatonales, siendo que esta obra permitirá disminuir la velocidad de los automóviles y servirá de complemento a las señales viales existentes y de prevención y precaución permanente en casos de no existir las señales convencionales.
Que, en la actualidad a nuestro departamento se lo conoce a nivel nacional por sus actividades Culturales (F.A.I. ; RIVADAVIA LE CANTA AL PAIS), como así también por las característica turísticas naturales del departamento, por lo que es nuestro deber brindar una buena imagen no solo a nuestros propios habitantes, sino para todos aquellos que nos visitan de otros departamentos y de provincias vecinas, máxime teniendo en cuenta la proximidad de una nueva Edición Festivalera.
Que, también se debe tener cuenta y como prioridad la demarcación en todos los Centros Educacionales de nuestra Ciudad y del remodelado Hospital Saporiti que con la nueva obra realizada, se torna sumamente peligroso para aquellos que a diario lo visitan y que corren graves riesgos por no contar con las correspondientes sendas peatonales.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar las gestiones ante la Dirección Provincial de Vialidad Zona Este, para la adquisición de la pintura adecuada a fin de realizar la demarcación de las sendas peatonales que deberán ir acompañada con la palabra “STOP”, de acuerdo con la Ley de Tránsito de la provincia de Mendoza, en las principales arterias de nuestro departamento, como asimismo en todos los Establecimientos Educacionales y en el Hospital Carlos Saporiti, de acuerdo a las normas vigentes para tal fin.
Artículo 2º: La Municipalidad de Rivadavia, podrá colaborar con lo normado en el Artículo 1º de la presente, con la parte técnica y mano de obra capacitada.
Artículo 3º: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a solicitar Informes Técnicos de las Áreas con competencia, a fin de priorizar las demarcaciones peatonales en un todo de acuerdo al Artículo 1º de la presente.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de octubre de 2008.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00529-6 C.D.