Resolución 33-2010

RESOLUCIÓN Nº 33

VISTO
La denuncia presentada por numersos vecinos de Rivadavia obrante en Expediente 2010-17734-9 S/Vecinos del departamento elevan denuncia Cooperativa Eléctrica Popular de Rivadavia y sus acumulados, Expediente Nº 2010-00259-6 S/ Concejo Deliberante solicita información sobre actos del fallo de la Cuarta Cámara Civil y el Expediente Nº 2010-00267-9 S/Consejo de Administración Cooperativa Eléctrica de Rivadavia sobre contestación a lo solicitado por Ordenanza 4516/10, y

CONSIDERANDO
Que la denuncia en cuestión pone en evidencia hechos notoriamente graves, que no admiten dilaciones, como es la falta de pago de fondos públicos por parte de la Cooperativa Electrica Popular de Rivadavia, que cobra un tributo Municipal por concepto dispuesto en Ordenanza Nº2294 y su modificatoria, directamente a los vecinos de Rivadavia, en la factura de energía actuando por cuenta y orden del Municipio; sin embargo no realiza los ingresos de tales fondos en la tesorería comunal.
Esta situación viene ocurriendo desde antes del año 2000 y se mantiene al día de la fecha afectando seriamente las finanzas públicas e implicando un menoscabo grave al fisco municipal.
Por otra parte es una obligación indelegable de los señores Ediles, bregar por  la defensa e integridad de la Hacienda Pública, realizando cuanto acto sea menester para resguardar la misma, en tal sentido la recuperación y cobro de estos fondos tributarios en una medida de defensa de la hacienda pública, este Cuerpo esta compelido a llevar adelante.
La propia Cooperativa ha reconocido la existencia y legitimidad de esta deuda, en varias actuaciones, sin embargo nada a hecho para abonar la misma, que sigue engrosando su importe, sin miras de cancelarse, y dada  la  enorme magnitud económica de esa deuda impaga al día de la fecha, vemos en contrapartida  menos obras y menos servicios para los rivadavienses, que son  quienes abonan dichos importes para la  concreción de realizaciones de bien público.
Asimismo, es necesario conocer el accionar de los Consejeros Municipales ante el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica Popular Rivadavia Ltda, quienes actúan bajo los lineamientos e instrucciones del Departamento Ejecutivo con acuerdo de este Cuerpo, y que tiene potestades para opinar e incidir en el funcionamiento de esta Entidad.
En otra oportunidad y con mayor tiempo y profundidad corresponderá analizar e investigar los demás hechos denunciados, para lo cual es importante conocer previamente la opinión de los Consejeros Municipales al  respecto.

POR ELLO
El Presidente del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Articulo 1º: Instruir al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al Área Legal, a fin de que intime y emplace a la Cooperativa Eléctrica Popular Rivadavia Ltda, para que en plazo perentorio e improrrogable de 30 días, proceda a cancelar la deuda que mantiene con el municipio por los derechos municipales dispuestos por Ordenanza Nº2294 y modificatorias (6% del consumo facturado), con más sus intereses legales, según normativa fiscal en vigencia, y en caso de incumplimiento a dicho requerimiento de pago proceda sin más a formular denucia penal por retención indebida; Administración infiel y/o cualquier tipo penal que pueda corresponder por dicha inconducta.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá,  elevar  informe circunstanciado sobre el accionar de los Consejeros Municipales ante la entidad, detallando las líneas de acción con que han sido instruidos por Departamento Ejecutivo, a fin de incidir en el funcionamiento de la entidad en pro de garantizar la prestación y calidad del servicio de suministro de energía eléctrica y demás medidas de impacto colectivo, como planes de reconversión de luminarias, nuevas líneas de tendido  eléctrico, proyecto de desarrollo y financiación de la nueva estación transformadora, y estado financiero y de avance de obras como el Barrio ubicado en calle Falucho y Primavera y el Cementerio Parque de calle Galigniana.

Artículo 3º: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo a sus efectos,  e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 días del mes de noviembre de 2010.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2010-00259-6 C.D.
Nº 2010-11807-9 D.E.

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