
RESOLUCION Nº 38
VISTO:
El Expediente N° 2008-00627-8, caratulado Bloque Justicialista, Concejal Terranova, solicita reconsiderar la situación y permitir el desempeño como Concejala, conservando el cargo de docente actual percibiendo los haberes a partir del 01 de enero de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que la situación legal de la Concejal Liliana Terranova ha sido tratada en reiteradas oportunidades por este Concejo Deliberante, quién mantuvo una posición condescendiente con la nombrada, a fin de permitirle el ejercicio en sus funciones de Concejal, y al mismo tiempo sostener un criterio de responsabilidad fiscal, autorizando tal ejercicio de la función sin contraprestación dineraria hasta tanto no fuera resuelto la situación de incompatibilidad funcional en la que se encuentra por razón de su cargo de Directora de Escuela.
Que, el estado de incompatibilidad mencionado fue dictaminado por la D.G.E. a solicitud de Fiscalía de Estado en los Autos Nro. 2231-C-2007, caratulados Concejales del departamento de Rivadavia.
Dicho dictamen fue recurrido administrativamente por la Concejal, no existiendo pronunciamiento firme al día de la fecha, hecho que avala el criterio mantenido por este Concejo Deliberante, quién en definitiva pretende actuar conforme a la normativa legal en vigor sin comprometer las arcas del estado municipal y al mismo tiempo sin violentar arbitrariamente los derechos ciudadanos de la Concejal electa en cuestión.
A título de antecedente se cita la Resolución Nº004/08 de fecha 08-02-08, por el cual se resuelve aceptar la opción de la Concejal Terranova de conservar el cargo de Concejal y solicitar licencia de Ley en su cargo de docente haciendo cesar la causal de incompatibilidad comunicada por Fiscalía. La citada norma fija como plazo para complementar la entrega de la documentación correspondiente a su licencia el día 30 de marzo del corriente año.
Con posterioridad, a solicitud de la nombrada se dicta la Resolución Nº014/08, por la cual se extiende el plazo otorgado por la Resolución Nº004-08 para presentar la documentación de licencia hasta el día 31 de diciembre de 2008. La motivación de la prorroga estuvo centrada en permitirle a la Concejal su participación en el llamado a Concurso de Supervisión por parte de la D.G.E. que como exigencia de admisión requiere que el concursante no se encuentre en uso de licencia. Asimismo, la Concejal comprometió formalmente por Declaración Jurada su intención de no percibir dietas y gastos de representación durante el período de prórroga concedido, hecho que cumplimentó mediante presentación certificada por Escribano Público.
Que, la nota última de fecha 23/12/08, que dio lugar al Expediente de marras introduce nuevas inquietudes de la Edil, que este Concejo no puede reconsiderar sopena de incurrir en contradicciones con los criterios mantenidos anteriormente. En tal sentido una reunión ampliada del Concejo Deliberante con la Concejal, permitió acordar nuevamente la situación planteada manteniéndose los criterios y fundamentos de las Resoluciones ya dictadas.
Tal posición se vio reflejada en la nota presentada por la Edil en el día de la fecha, mediante Expediente Nº2008-00631-0, donde voluntariamente acepta que se mantengan los criterios expresados por el Concejo Deliberante respecto de su situación.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1°: Amplíese el plazo de prorroga otorgado por Resolución N° 014-08, hasta el 31 de marzo de 2009, para que la Concejal Liliana Beatriz Terranova, presente la documentación correspondiente al pedido de licencia sin goce de haberes como Directora de la Escuela N° 9-033 “Profesor Francisco Humberto Tolosa”, posibilitando con ello que la nombrada participe del Concurso de Supervisión que propicie el Gobierno Escolar en su calendario 2009.
Artículo 2°: Hacer saber a la Edil solicitante que el Concejo Deliberante arbitrará los medios necesarios a su alcance para que la mencionada edil pueda participar en condiciones de legalidad y estilo en la convocatoria Pública para concurso de Supervisores propiciado por la Dirección General de Escuelas para febrero/marzo de 2009. A efectos de hacer operativa la presente, la peticionante deberá suscribir Declaración Jurada ante Escribano Público, por medio de la cual desistirá expresamente de entablar acciones legales por cobro retroactivo de dietas y gastos de representación no percibidas en razón de la situación de incompatibilidad en que se encuentra y sin perjuicio del resultado del pronunciamiento definitivo de Fiscalía de Estado, cualquiera sea el mismo; declarando que tal decisión es libre y voluntaria, no compromete derechos inrenunciables, y que se formula a efectos de no comprometer los superiores intereses económicos y morales de la Comunidad de Rivadavia, representados en el funcionamiento y presupuesto del Concejo Deliberante.
Artículo 3°: Remítase copia de la presente a la Señora Concejal Liliana Beatriz Terranova y a la oficina de Personal de la Municipalidad de Rivadavia a sus efectos.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 días del mes de diciembre de 2008.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00627-8 C.D.