Resolución16-2016

RESOLUCION Nº 16-16

VISTO:
La necesidad de que el Municipio debe ser docente en la observancia de la legislación en seguridad e higiene de trabajo y de la prevención de riesgos, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y sus Decretos Reglamentarios 351/79 y 1338/96 determinan las condiciones de seguridad que debe cumplir toda actividad a nivel nacional. Que se viene trabajando desde junio de 2013 en la oficina de Higiene y Seguridad en pos de la implementación de la mencionada Ley.
Que, el departamento de Rivadavia no se encuentra exento del cumplimiento de dicha normativa.
Que, en tal sentido se puede verificar en edificios municipales, la falta de señalización de posibles riesgos, de salidas comunes y de emergencia, de un sistema de iluminación de emergencia, todos estos insumos obligatorios para facilitar la circulación cotidiana, y la eventual evacuación en forma rápida y segura.
Que de la misma forma los edificios municipales deben exhibir en lugar visible el plano de ubicación y constar en sus inmediaciones con el Plan de Evacuación, como prevención ante tumultos o contingencias de origen natural, tales como terremotos e inundaciones.
Que es pertinente tomar los recaudos respecto a la seguridad en las conexiones eléctricas. Manipulación y depósito de combustibles, y de toda otra actividad riesgosa para los trabajadores municipales y los ciudadanos que asisten a los edificios municipales.
Que la cultura de la prevención y de la adecuada reacción humana frente a eventos peligrosos e intempestivos, requiere de concientización y capacitación a los empleados y trabajadores municipales tanto para su propia seguridad como para la del público que permanece en los edificios municipales.
Que el Artículo 79 incisos 1, 2 y 3 de la Ley 1079, determina que es atribución del Honorable Concejo Deliberante velar por el cumplimiento de las medidas de prevención y seguridad edilicia.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo  1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que arbitre los medios necesarios para el cabal cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo y de la prevención de riesgos. A ese fin se requiere que proceda a:
1) Colocar la señalización obligatoria faltante de salidas comunes y de emergencia, de los riesgos en la circulación – escalones, desniveles, etc. Y de los sistemas de iluminación de emergencia a fin de facilitar el paso y/o la eventual evacuación de los edificios municipales en forma rápida y segura.
2) Tomar los recaudos respecto del correcto funcionamiento y medidas de seguridad en conexiones eléctricas, manipulación y depósito de combustibles, y en toda otra actividad municipal que ponga en riesgo la seguridad de los trabajadores y de los ciudadanos que asisten a los edificios municipales.
3) Exhibir en lugares visibles el plano de ubicación y el plan de evacuación correspondientes a cada uno de los edificios municipales.

Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo difunda y comunique un plan de capacitación periódica en prevención de riesgo y seguridad en el trabajo para todos los empleados y trabajadores municipales para actuar en pos de su propia seguridad y la de los ciudadanos que asisten a los edificios municipales en el trabajo cotidiano y en caso de situaciones de emergencia previsibles.

Artículo 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que remita a todas las dependencias municipales copia del Plan de Contingencia actualizado junto al organigrama de roles de emergencia.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, (Mendoza), a los 14 días del mes de abril de 2016.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2016-00095-8 H.C.D.

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