Resolución34-2017

RESOLUCION Nº 34-17

VISTO:
La necesidad de los vecinos en la calle Estrella y zonas aledañas, como así también de la comunidad de la Escuela Nº 1-058 Heriberto Baeza, de contar con iluminación en dicha zona, del distrito Los Campamentos, y

CONSIDERANDO:
Que en esta zona se encuentra una importante comunidad, además de ser zona de influencia de la Escuela Nº 1-058 “Heriberto Baeza”
Que los vecinos de la zona en diversas oportunidades han hecho saber de la necesidad y urgencia de mitigar el problema de seguridad que genera la falta de iluminación pública.
Que debido a la falta de iluminación en las primeras horas de la mañana, sobre todo en época invernal, la calle se encuentra totalmente oscura.
Que dicha calle es transitada en las primeras horas de la mañana por alumnos de la escuela Baeza.
Que la iluminación garantizaría más seguridad para todos los vecinos y para la comunidad educativa.
Que corresponde al Concejo según la Ley Orgánica de Municipios 1079 en sus Artículos 75º y 79º: “Proveer todo lo concerniente al alumbrado público”; y así mismo contribuir al ornato y mejora urbanística del espacio público.
Que el presente Proyecto de Resolución apunta a mejorar las condiciones de seguridad vecinal, el acceso a la educación y la calidad de vida.
Que existen partidas presupuestarias para realizar dicho tipo de obras en el corriente año.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de luminarias en cantidad suficiente que garantice la correcta iluminación de calle Estrella, del distrito Los Campamentos.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones  de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 7 días del mes de noviembre de 2017.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2017-00207-8 H.C.D.

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