VISTO:
El Expediente No 2021-00099-3, caratulado: Bloque Juan Domingo Perón, Concejal
Novello, Bloque Intransigente, Concejal Santarelli y Bloque A. y M. Peronista, Concejales
Garrido- Campos, presentan proyecto Pedido de Informe: Motivos para emitir Resolución
No 0835, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución No 0835 exime del pago por tasas y servicios municipales
correspondiente a la propiedad raíz del inmueble cuenta No 2247.
Que el art. 5 bis de la Ordenanza Tarifaria 2021 del departamento de Rivadavia
exime expresamente de dichas tasas por servicios a la propiedad raíz a las Asociaciones
Civiles y/o fundaciones sin fines de lucro, con personería jurídica reconocida que
desarrollen actividades socio comunitarias, culturales, sociales y deportivas en el
departamento.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus
facultades:
PEDIDO DE INFORME
Artículo No 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo que en un plazo no mayor a 15 días de
aprobado este pedido por este H.C.D. informe:
a) Estatuto de la Asociación Civil o fundación sin fines de lucro bajo el cual se tomó la
decisión de eximir del pago por tasas y servicios municipales correspondientes a la
propiedad raíz del inmueble cuenta No 2247.
b) Inscripción y aprobación en la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de
Mendoza de la Asociación Civil o fundación sin fines de lucro propietaria del
inmueble cuenta No 2247.
c) Actividades socio comunitarias, culturales y/o deportivas desarrolladas en el inmueble
cuenta No 2247.
d) Historial de pago o eximiciones de tasas y servicios municipales correspondientes a la
propiedad raíz del inmueble cuenta No 2247. Periodo 1995 – actualidad.
Artículo No2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Pedidos de Informe de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 11 días del mes de mayo de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. No 2021-00099-3 H.C.D