Ordenanza 4795-2016

ORDENANZA Nº 4.795

VISTO:
La preocupación de los/as vecinos/as de las calles Alejandro Aguado, Constitución, Mariano Gómez y Alexander Fleming de la Ciudad de Rivadavia, por la creciente inseguridad en el lugar;

CONSIDERANDO:
Que data de los últimos años incremento significativo tanto en la cantidad de delitos como en su gravedad en esta zona, lo cual hace imperiosa la necesidad de que este Cuerpo intervenga en el diseño de políticas públicas de seguridad y su implementación, como lo hiciera con la Ordenanza 4740 del 2014.
Que la necesidad y rapidez de brindar soluciones a nuestros vecinos está marcada por la creciente ola delictiva que nos afecta tanto en el patrimonio material como en la integridad física.
Que la intención es tomar medidas de acción colaborativa entre los distintos organismos y con el objeto de cooperar y obtener un mejor resultado en las tareas de prevención de delitos que los ciudadanos Rivadavienses reclaman.
Que esta ordenanza busca dar respuestas necesarias a la problemática planteada por los/as vecinos/as pero no busca solucionar los problemas de fondo que incitan estas prácticas, como lo son el consumo y la desigualdad.
Que no podemos solamente poner en marcha medidas que sean políticas de seguridad efectistas.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ODENANZA

Artículo 1º: Ordénese al Departamento Ejecutivo la instalación de una correcta iluminación en calles de la zona.

Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo efectúe la limpieza de acequias y lotes baldíos aledaños.

Artículo 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice las gestiones ante el órgano correspondiente, para la colocación de un Destacamento Móvil con personal policial entre las calles Alejandro Aguado, Constitución, Mariano Gómez y Alexander Fleming de la Ciudad de Rivadavia

Artículo 4º: Coordínese acciones para la lucha contra la inseguridad entre este Honorable Cuerpo, la Municipalidad de Rivadavia, la Comisaría 13ª de Rivadavia y el Ministerio de Seguridad y la Dirección General de Policías del Gobierno de la Provincia de Mendoza.

Artículo 5º: Solicitar al Ministerio de Seguridad Provincial, arbitre los medios necesarios para poner en funcionamiento el Consejo de Seguridad Departamental, para dar tratamiento a estos problemas de inseguridad.

Artículo 6º: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo, al Ministerio de Seguridad, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes abril de 2016.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2016-00059-4 H.C.D

Compartir publicación: