Ordenanza 4776-2015

ORDENANZA Nº 4776

VISTO:
Que se torna imprescindible la necesidad de readecuar la Ordenanza Nº 4374, que versa, sobre el Fondo Municipal de Promoción de Emprendimientos Productivos del Departamento, y

CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza Nº 4374, se crea un fondo Municipal de promoción de emprendimientos productivos del Departamento, en la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000,00), anuales, cabe aclarar que dicho fondo se desprende del presupuesto de gastos y cálculo de recursos del ejercicio financiero de la Municipalidad de Rivadavia y que la mencionada Ordenanza fue sancionada en el año 2008, ante este recontó histórico de la normativa enunciada, los mismos son fundamentos importantes a tener en cuenta para modificar la misma, ya que los presupuestos municipales aprobados por este Cuerpo al día de la fecha, han sido reactualizados en sus montos, dichas actualizaciones fueron llevadas a cabos por las siguientes variables macro – económicas : 1) La tasa de Inflación anual , 2) La tasa real de crecimiento económico PBI) y  3) Tipo de cambio nominal ( Peso- Dólar). Estas variables hacen que el monto inicial destinado para el fondo, arriba mencionado, quede desactualizado ante la realidad económica, que indican modificaciones en los valores, como por ejemplo, de los insumos, sueldos y la elaboración de los proyectos propiamente dichos.
Que ante esta realidad, la presente modificación debería hacerse transformado el tipo de patrón PESOS por un patrón PORCENTUAL, del monto destinado para el fondo que indica la Ordenanza, esta modificación de Pesos por porcentual, permitiría o menguaría los desajustes lógicos que indican año a año las variables enunciadas.
Que es importante mencionar que la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00), ya está desactualizada al día de la fecha, puesto que la ordenanza fue sancionada en el año 2008, la cual, no ha sido actualizada, esto deja en desventaja al proyecto; es acá donde cobra importancia el patrón porcentual sugerido como modificación, ya que el monto se reajustaría permanentemente, cada vez que el presupuesto municipal sea modificado periodo tras periodo, reajustándose  por sí solo. Cabe resaltar que la presente modificación sugerida de Pesos a Porcentual, incidiría en el Presupuesto Municipal en un 0,16 % del total del mismo.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Modifiquesé la Ordenanza Nº 4.374, en su artículo 1º, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Crease un Fondo Municipal de Promoción de Emprendimientos Productivos del Departamento de Rivadavia, con recurso monetarios provenientes para su funcionamiento,   del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio Financiero de la Municipalidad de Rivadavia aprobados anualmente, en un porcentual de  0,16%.

Artículo 2º: Modificar el artículo 9º de la Ordenanza Nº 4.374, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ordenanza se imputarán en forma porcentual y de acuerdo a lo estipulado en el artículo 1º del presente proyecto de Ordenanza, a la cuenta “ Apoyo Emprendimientos Productivos”, consignada en el presupuesto Municipal.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 05 días del mes de noviembre de 2015.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ JAVIER FORNASARI
SECRETARIO H.C.D. VICE PRESIDENTE  1º
A/C PRESIDENCIA H.C.D

Cpde. Expte. Nº 2015-00183-3   H.C.D.

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