
ORDENANZA Nº4.758
VISTO:
El Expediente Nº 2013-20165-8-M, caratulado “Musri Antonio Carlos, donación de terreno con cargo, con el destino a calles públicas”, y
CONSIDERANDO:
Que, en la calle Martín, del distrito El Mirador, se encuentra una pequeña agrupación residencial colindante con el terreno en el que se proyecta la consolidación urbana.
Que la zona mencionada posee los servicios esenciales para el desarrollo poblacional.
Que la donación de los callejones comuneros de indivisión forzosa propuestas por el Sr. Antonio Carlos Musri para calles públicas facilitaría sustancialmente la construcción de redes de servicios como agua, electricidad, gas domiciliario, entre otros, y se hace en cumplimiento de la Ley de loteo.
Que las obras de urbanización, red de agua potable, red eléctrica, red de riego para el arbolado público y sistema de desagüe pluvial con los respectivos cruces de calles con alcantarillas, son exclusiva responsabilidad del emprendedor.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Acéptese la donación efectuada por el Sr. Musri Antonio Carlos DNI Nº 6.909.101, en su calidad de titular de las siguientes propiedades que a continuación se detallan:
| Nom Cat 10-03-02-0040 | Padrón Rentas | Inscripción de Dominio Mat. | Nº Sup. Según titulo |
|---|---|---|---|
| 000001-0000-1 | 10-18544-5 | 381185-A-1 | 436,43 m2 |
| 000008-0000-2 | 10-18580-9 | 381194-A-1 | 195,16 m2 |
| 000012-0000-9 | 10-18612-0 | 381198-A-1 | 404,18 m2 |
| 000013-0000-3 | 10-18613-8 | 381199 | 383,42 m2 |
| 000014-0000-8 | 10-18614-6 | 381200-A-1 | 197,95 m2 |
| 000024-0000-1 | 10-18725-0 | 381210-A-1 | 907,97 m2 |
| 000027-0000-5 | 10-18772-2 | 381313-A-1 | 20.479,24 m2 |
| TOTAL: | 23.004,35 m2 |
Todas de acuerdo a plano Aprobado en la Dirección Provincial de Catastro al Nº 10-18284.
Artículo 2º: Se hace constar que el propietario asume, en forma exclusiva, las obras de urbanización necesarias para dotar al emprendimiento, de las condiciones urbanísticas técnico legales, a saber: a) Red de agua potable, b) red eléctrica, c) red de riego del arbolado público, d) sistema de desagüe pluvial, con los respectivos cruces de calles con alcantarilla y e) perfilado de calles. Asimismo, se compromete a dejar un espacio público para equipamiento conforme con el Art. 26 de la Ley 4.341, en la oportunidad legal correspondiente.
Artículo 3º: El Municipio proporcionará el arbolado necesario para la forestación en calles mencionadas, para que el propietario realice las plantaciones en la época adecuada.
Artículo 4º: Por el Departamento Ejecutivo, realícense los actos útiles para la inscripción en el Registro de la propiedad de inmuebles.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 01 días del mes de abril de 2015.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2015-00014-0 H.C.D.
2013-20165-8 D.E.