Ordenanza 4759-2015

ORDENANZA Nº4.759

VISTO:
El Expediente Administrativo Nº2015-04226-6, a través del cual se solicita una prórroga para aplicar los  beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 4.685/13 y su modificatoria, Ordenenza Nº 4.725/14, y

CONSIDERANDO:
Que, el régimen de bonificación de parcelas previsto en las Ordenanzas mencionadas, avanza en el cumplimiento de los objetivos propuestos, toda vez que se ha potenciado la utilización del cementerio parque, se ha incentivado el cumplimiento de los deberes fiscales, y también se va descomprimiendo el cementerio tradicional.
Que, en tal sentido, teniendo en consideración las observaciones sugeridas y debatidas con el personal del Cementerio, Dirección de Rentas, y lo informado por la Dirección de Relaciones Institucionales, la prórroga de los beneficios solicitada se considera viable, a fin de que los objetivos puedan lograrse íntegramente, como así también en base a la convivencia socioeconómica que representan.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Dispóngase la prórroga para el período  fiscal 2015, de los beneficios otorgados por Ordenanza Nº 4.685/13, y su modificatoria Ordenanza Nº 4.725/14, debiendo cumplirse íntegramente con los requisitos allí establecidos para su otorgamiento.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 16 días del mes de abril de 2015.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2015-00034-8 H.C.D.
2015-04226-6 D.E.

Compartir publicación: