
ORDENANZA Nº4.698
VISTO:
La necesidad de instalación de bancos de hormigón, por la circulación diaria de la personas en el espacio comprendido entre calle Güemes y Santa Fe-Salta y Chañar, y
CONSIDERANDO:
Que, diariamente y a toda hora del día sobre el boulevard que se encuentra entre las calles anteriormente mencionadas circulan las personas a realizar actividad física, pasear o a buscar a sus hijos a la Escuela Formosa en horario de mañana y tarde, en la entrada y en la salida.
Que, a raíz de esta situación, por motivos de descanso y espera suelen sentarse a la orilla del espacio verde como consecuencia de que en el lugar no se encuentran bancos.
Que sería imprescindible para la comodidad de las personas la instalación de al menos seis (6) bancos de hormigón sobre el espacio verde del boulevard, de los cuales (3) tres de estos deberían colocarse frente al establecimiento educativo y los otros restantes, distribuidos a lo largo de todo el recorrido comprendido entre la calle Güemes y la calle Santa Fe, para que de esta manera quienes tengan que esperar o simplemente quieran descansar puedan hacerlo sin tener que sentarse sobre el espacio verde o sobre cordón de la ciclovía, o quedarse parado a orillas de la calle Chañar en el caso de los padres o tutores que vayan a buscar a sus hijos a la Escuela.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias y convenientes para la correcta instalación de al menos (6) bancos de hormigón sobre el espacio verde del boulevard comprendido entre calle Güemes y Santa Fe-calle Salta y Chañar de Ciudad.
Artículo 2º: Según lo normado en el Artículo 1º, la disposición de los bancos serán de la siguiente manera:
– Tres (3) bancos instalados frente a la Escuela Formosa.
– Tres (3) bancos restantes, distribuidos a lo largo de todo el trayecto.
Artículo 3º: El material utilizado para la construcción de los bancos será de hormigón debido a su alta resistencia a las condiciones climáticas y para evitar eventuales hechos de vandalismo.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 06 días del mes de agosto de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00157-9 H.C.D.