
ORDENANZA N° 4.603
VISTO:
El Expediente Municipal Nº2011-16510-3-S, la necesidad de incrementar la utilización del Cementerio Jardín “Parque de los Recuerdos”, promoviendo el uso y disposición de la infraestructura que posee este particular espacio público, previsto para ampliar y mejorar los servicios de sepultura de los restos mortales de nuestros vecinos en le Departamento de Rivadavia y,
CONSIDERANDO:
Que existe una cultura fuertemente arraigada en nuestra sociedad, que prefiere disponer de los restos de sus seres queridos en recintos de cemento, siendo renuente a aceptar el moderno sistema de sepultura de los cementerios parque en tierra.
Que por tal motivo es importante replantear una zona del Cementerio Parque de 44 hectáreas, para esta tradición vecinal, dando una respuesta integral a esta problemática ciudadana.
Que asimismo y con el objetivo de estimular la ocupación del nuevo cementerio y racionalizar los impactos del viejo cementerio; corresponde idear acciones creativas para posibilitar las mismas.
Que en tal sentido, fomentar los traspasos de restos actualmente radicados en el viejo cementerio a partir de bonificaciones y facilidades, resulta una adecuada herramienta para llegar a tales objetivos.
Que es necesario y conveniente fomentar una cultura de utilización del Cementerio Parque para los vecinos de Rivadavia, quienes por tradición y costumbre optan por derivar los restos de sus deudos al Cementerio histórico: “Gerardo Noe Ferreyra”. Esta tendencia social desaprovecha la capacidad instalada e infraestructura del Cementerio Parque, como así también los esfuerzos humanos y económicos realizados de parte del Municipio para brindar una respuesta alternativa en los servicios de sepultura acorde a los usos y costumbres de la ciudades modernas, donde la utilización de los parque de descanso a desplazado la práctica de derivar los restos fúnebres de los familiares a los cementerios tradicionales, introduciendo una nueva consideración respecto las costumbres de antaño, trasladando los difuntos a lugares más agradables, con una cuidada parquización y espacios verdes que denotan mayor paz, tranquilidad y contacto con la naturaleza.
Que son pocos los Departamentos de la Provincia de Mendoza que han avanzado en esta novedosa modalidad de servicio de sepultura, a través de cementerios parques, en tanto la mayoría de estas iniciativas proviene del sector privado. En cambio nuestro municipio por ampliar y adecuar su propuesta en esta área de servicios, y hoy con enorme orgullo exhibe unos de los pocos cementerios parques de resorte y gestión pública municipal.
Que el Cementerio Parque cuenta con una superficie total de 44 hectáreas, de las cuales cuatro se encuentran parquizadas para la utilización de 6.000 parcelas y la capacidad total de esta obra es de 120.000 parcelas de sepultura con posibilidad de incrementar las mismas.
Que como adelantamos, esta iniciativa pretende favorecer el uso creciente de este espacio, promoviendo la adquisición de parcelas a través de una bonificación de la tarifa a los contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones tributarias, y asimismo busca incorporar a la familia municipal al acceso de este servicio, facilitándoles la adquisición de parcelas, igualmente con un descuentos o bonificación especial de la tarifa.
Que de tal manera, no solo revitalizamos y promovemos el desarrollo y utilización de esta importante y moderna infraestructura del Cementerio Parque, sino que además propendemos al desarrollo y gestión equilibrada de ambos camposantos locales, permitiendo descongestionar el viejo cementerio, promoviendo los servicios del cementerio, mediante el presenta régimen de descuentos e incentivos que facilitarán tanto al contribuyente como a la familia del empleado municipal la posibilidad de acceder a una parcela destinada al reposo final de sus seres queridos.
Que indudablemente, la bonificación de parcelas dirigidas a los agentes municipales es una forma de brindarle un beneficio social adicional, a los que posee imprescindible en su planificación familiar en el marco de plan de mejoras de sus derechos laborales y sociales.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Establézcase una bonificación del cincuenta por ciento (50%) del precio de una (1) parcela a los vecinos del Departamento que se encuentren al día con los derechos y tasas municipales por todo concepto, con vigencia para el periodo fiscal 2011/2012. Quedando exceptuados de este beneficio, todos los contribuyentes que posean Planes de Pago por todo concepto.
Artículo 2°: Establézcase una bonificación del ochenta por ciento del precio de una (1) parcela del Cementerio Parque de los Recuerdos, para todos trabajadores Municipales que inhumen a un familiar directo (padres, esposa, hijos o el propio titular), a partir de la sanción de la presente Ordenanza y hasta el periodo fiscal 2012.
Artículo 3º: Disponer del sector c, ubicado en la zona sur del Cementerio Parque, a efectos de destinarlo a sepulturas con piletas de cemento con capacidad para dos ataúdes y un resto reducido o incinerado por cada nivel, siempre y cuando sea solicitado en el momento de inhumar o trasladar un resto. Este sector deberá conservar la estética y diseño ornamental de la parquización actual prefijada, autorizando solamente la colocación de una lápida con las mismas características de las actuales. Estas piletas deberán ser construidas de acuerdo a croquis adjunto a la presente, quedando librado a la voluntad del titular la elección del constructor para realizar la obra, debiendo ser fiscalizada y controladas por la Dirección de Obras Privadas. El valor de la concesión de la parcelas, será el mismo a las del resto de dicho Cementerio.
Artículo 4º: Autorizar el traspaso de restos mortuorios radicados en nichos del Cementerio Gerardo Noe Ferreyra al Cementerio Jardín Parque de los Recuerdos, quedando bonificado el derecho de la compra de la parcela, en un 80% por la inhumación o traslado de uno o dos restos simultáneos, siempre y cuando no posea deuda alguna en el nicho a desocupar.
Artículo 5º: Implementar un plan de Regularización de deudas por renovación de alquiler de nichos en todo el ámbito del Cementerio Municipal Gerardo Noe Ferreyra, notificando en forma individual a cada contribuyente deudor, haciéndole saber de los alcances de la presente normativa, con los siguientes beneficios:
Pago Contado: 100% de descuento en intereses
Pago en 2 cuotas: 80% de descuento en intereses
Pago en 3 cuotas: 60% de descuento en intereses
Pago en 6 cuotas: 40% de descuento en intereses
Pago en 10 Cuotas (para cuentas mayores a $ 2.000,00): 30% de descuento en intereses.
Artículo 6º: Incorpórese en la Tarifaria Municipal año 2011, las adecuaciones expresadas en los artículos precedentes de la presente.
Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanza de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 08 días del mes de noviembre de 2011.
| JAVIER RODRIGUEZ | MAURICIO DI CESARE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2011-00268-6 C.D.
Expte. N° 2011-16510-3 D.E.