
ORDENANZA Nº4577
VISTO:
La necesidad de educar a nuestros ciudadanos, niños, jóvenes y adultos en el valor de la paz, la comunicación, la paciencia, la comprensión, el respeto por las diferencias y las posibles soluciones de las mismas, a partir del marco de Ciudad Comprometida por La Paz, y
CONSIDERANDO:
La existencia de la Resolución Nº00061 del Departamento Ejecutivo que adhiere a acciones tendientes a mejorar la calidad de vida y convivencia de los rivadavienses.
La importancia de que nuestro departamento sea parte activa, comprometida y difusora en todos sus estratos e instituciones, del valor de la Paz, necesario para una sociedad más sana, menos vulnerable a la violencia, más consciente de la necesidad de la reflexión sobre este valor como instrumento de cambio social.
La proyección de nuestro departamento en acciones de este tipo a nivel regional, provincial y nacional.
La impronta y el impacto que permitan conectar, a través de este valor universal, a escuelas, instituciones religiosas, artísticas, organizaciones no gubernamentales, deportivas, etc.
La existencia de programas y proyectos municipales que puedan complementarse con las acciones promovidas por Mil Milenios de Paz.
La disponibilidad de recursos humanos, tecnológicos y de infraestructura, acompañados de la voluntad política para concretar acontecimientos que contribuyan a alcanzar los objetivos de las ciudades comprometidas con la Paz.
La posibilidad de despegar de la abstracción de la palabra Paz, hacia la concreción del concepto en acciones viables para los educandos; contratos de convivencia áulica, escolar, barrial y comunitaria.
La participación conjunta de dos departamentos del Este: Junín y Rivadavia, como ejemplo de buena vecindad que abra la posibilidad de sumarse a otros departamentos de la zona.
La posibilidad de, a partir de este instrumento, prevenir la violencia, encontrar posibilidades de resolución de conflictos mediante la utilización del diálogo y el hecho de aprender a ver en el otro a uno mismo, el respeto que queremos y debemos dar a los demás para construir un mundo mejor.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1: Declarar de Interés Departamental Social y Cultural, al hecho de que el departamento de Rivadavia, sea una ciudad comprometida con la paz.
Artículo 2: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a firmar acuerdos Públicos-Privados tendientes a fortalecer las acciones que se desprendan de esta iniciativa.
Artículo 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de junio de 2011.
| JAVIER RODRÍGUEZ | LILIANA TERRANOVA |
| SECRETARIO C.D. | VICE-PRESIDENTA 1ª C.D. A/C PRESIDENCIA |
Cpde. Expte. Nº 2011-00158-9 C.D.
Nº 2011-09095-4 D.E.