
ORDENANZA N° 4566
VISTO:
El Expediente Municipal Nº2011-06835-6, caratulado Municipalidad de Rivadavia, eleva Balance Anual Ejercicio 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza, ha dispuesto que el cierre del Ejercicio Anual debe ser presentado antes del 30 de abril de cada año, aspecto cumplido oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, del análisis efectuado de la Cuenta del Ejercicio 2010 y del Presupuesto de ese ejercicio aprobado oportunamente por este Cuerpo, surge que se han cumplimentado correctamente las pautas presupuestarias, y las modificaciones del mismo han sido aprobadas por las respectivas Ordenanzas.
Que, con la disponibilidad de fondos existentes al cierre del mismo, se puede hacer frente a las obligaciones contraídas con anterioridad y con vencimientos en el corto plazo, quedando un remanente suficiente para seguir prestando correctamente todos los servicios, incluídos el pago de haberes del personal municipal.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Apruébese el Balance Anual del Ejercicio Financiero 2010, obrante a fs 001/314, del Expediente Municipal Nº2011-06835-6, caratulado Municipalidad de Rivadavia, eleva Balance Anual Ejercicio Financiero 2010.
Artículo 2º: Remítase copia de la presente pieza legal, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza a los 07 días del mes de junio del año 2011.
| JAVIER RODRÍGUEZ | MAURICIO DI CÉSARE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2011-00099-5 C.D.
N° 2011-06835-6 D.E.