Ordenanza 4359-2008

ORDENANZA Nº 4.359

VISTO:
El Expediente Municipal Nº2008-03309-0-C, mediante el que se convoca a reunión de la Comisión Asesora Permanente, y

CONSIDERANDO:
Que la convocatoria fue realizada al solo efecto de tratar la inclusión del ítem “Tareas Riesgosas” a los agentes municipales encargados de realizar tareas en forma permanente con motoguadañas.
Que el Municipio incorporó estas nuevas maquinarias en años anteriores y al día de la fecha, a sus operarios no se les abona el suplemento de riesgo, debido a que en la planilla anexa de la Ordenanza Nº 3.663, no se contempló este nuevo servicio.
Que la Comisión Asesora Permanente efectuó una visita a las distintas plazas del Departamento a fin de corroborar personalmente el manejo de estas máquinas, como asimismo comprobó que los operarios de las mismas tenían todos los elementos de seguridad.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Incorpórase a la Planilla Anexa, según lo establecido en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.663, el Item 23, el que quedará redactado de la siguiente manera:

23- Personal que trabaje en forma habitual y permanente con motoguadañas.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 06 días del mes de mayo de 2008.

JAVIER RODRIGUEZ ENRIQUE LEON
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2008-00157-6 C.D.
Nº 2008-03309-0 D.E.

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