
ORDENANZA N°4.304
VISTO:
El Expediente Municipal N° 2007-03453-7-V, caratulado “Vecinos Barrios Inmaculada Concepción”, elevan pedido sobre plazo de financiamiento, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 4.283-06 – Artículo 1° – el Concejo Deliberante de Rivadavia declaró la obra pública de tendido de Red de Gas en dicho Barrio, de Utilidad Pública y sujeta a reembolso de acuerdo a lo normado en el Artículo 75°, Inciso 5, de la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades, según planos N° 11.701, 12.212 y 12.001.
Que mediante Ordenanza N°4.295, se estableció el valor de reembolso de la obra mencionada con el correspondiente plan de pago, el que incluye un pago al contado de PESOS DOSCIENTOS ($200,00), previo al otorgamiento del certificado de derecho de conexión. Que es factible otorgar a los peticionantes lo solicitado, facilitándole el pago de los PESOS DOSCIENTOS ($200,00), en cuatro cuotas mensuales y consecutivas de ($50,00) cada una sin que las mismas devengan interés alguno, por falta de pago, con motivo que no se otorgará el derecho de conexión hasta tanto hallan abonado el importe total de PESOS DOSCIENTOS ($200,00), es decir las cuatro cuotas.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en usos de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 1ª de la Ordenanza Nª4.295, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1°: Determinase el valor total del reembolso por parte de los vecinos beneficiarios de la Obra de Red de Gas Natural B° Inmaculada Concepción, B° Brandsen y Calle Galigniana (La Cuyanita) en la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 25/100 ($ 87.338,25). Para la categoría residencial/comercial los vecinos podrán acceder al siguiente Plan de Pagos, en cuotas bimestrales a partir de la conexión y a una tasa del 4,58 % nominal anual, una vez realizado el pago de contado de $200,00. Dicho importe podrá ser abonado en cuatro cuotas mensuales de PESOS CINCUENTA ($50,00), las que no devengarán interés alguno.
DETALLE DE LOS PLANES DE PAGO
| a) | 1 cuota | $ 510,75 |
| b) | 3 cuotas | $ 172,85 |
| c) | 6 cuotas | $ 87,41 |
| d) | 12 cuotas | $ 44,70 |
| e) | 18 cuotas | $ 30,48 |
| f) | 24 cuotas | $ 23,37 |
| g) | 36 cuotas | $ 16,28 |
| h) | 40 cuotas | $ 14,87 |
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “ Bandera Nacional Argentina” , del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 15 días del mes de mayo de 2007.
| RUBEN DARIO GRANDO | FABIAN MONTES |
| SECRETARIO C.D. | VICE-PRESIDENTE 1° C.D. A/C PRESIDENCIA |
Cpde. Expte. Nº 2007-00016-5 C.D.
N° 2007-01171-7-S D.E.