Ordenanza 4283-2006

ORDENANZA N°4.283

VISTO:
El Expediente N° 2006-11241-7, caratulado Secretaría de Obras y Servicios Públicos, solicita realización red de Gas Natural Barrio Inmaculada Concepción , y

CONSIDERANDO:
Que a fs 1 se solicita la construcción de una obra de gas, correspondiente al Barrio Inmaculada Concepción, Brandsen y Calle Galigniana del Departamento de Rivadavia.
Que el monto total del presupuesto oficial, el que se encuentra imputado asciende a la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 20/100 ($ 107.740,20).
Que una vez finalizada la obra, y determinados los montos finales de la inversión, parte de la misma debe ser recuperada por el Municipio, como se ha realizado con las demás obras de gas ejecutadas.
Que en el Artículo 75°, inciso 5° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°1.079,  establece el procedimiento  para obras públicas sujetas a reembolso (contribución de mejoras).
Que es necesario para permitir el reembolso de la misma, declararla de utilidad pública y sujeta a reembolso.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°:  Declárese de Interés y Utilidad Pública Municipal, y sujeta a reembolso de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 75°, inciso 5to de la Ley N°1.079, el tendido de las redes de gas natural de los barrios Inmaculada Concepción, Barrio Brandsen y Ampliación calle Galigniana (La Cuyanita); según los planos N° 11.701,12.212 y 12.001 respectivamente.

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 de noviembre de 2006.

RUBEN DARIO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2006-00399-6 C.D.
N°2006-16347-7 D.E.

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