
ORDENANZA N° 4.260
VISTO
El expediente N° 2006-04976-7, caratulado “VECINOS DISTRITO SANTA MARIA DE ORO P/PERMISO INSTALACIÓN DE GAS”, y
CONSIDERANDO
Que los terrenos donde residen los solicitantes son de propiedad Municipal, ubicados ente calles J. Scalogna, V. Baigorria, Villanueva y R. De Lopez Estrada de Santa María de Oro.
Que los ocupantes de los terrenos carecen de documentación alguna que les permita acceder a los nuevos servicios públicos que se habilitaron en la zona y la suscripción de un contrato de concesión precaria con el Municipio es una solución legal conveniente para los vecinos y la Comuna.
Que los mencionados terrenos han sido ocupados por los habitantes de la zona, habiéndose procedido a actualizar los datos personales de las familias residentes, conforme surge del detalle y listado de fs. 3, 4, 5 del presente expediente.
Que las familias residentes no pueden conectarse a servicios nuevos como el de gas natural en virtud que los terrenos son de propiedad municipal y necesitan la autorización de esta parte a tales efectos.
Que atento a los consideraciones expuesta supra es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo a que firme convenios de concesión precaria con las familias residentes en el lugar. Los convenios serán personales e intransferibles con los ocupantes de los terrenos.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir un contrato de comodato con los vecinos detallados a fs 3, 4 y 5 del expediente municipal N°2006-04976-7, con permiso de instalación de gas domiciliaria.
Artículo 2°: El contrato de comodato referido en el Artículo 1° de la presente, es personal de los titulares y su grupo familiar, no pudiendo transferir por ningún título, sea a título gratuito o oneroso. Los titulares detallados ejercerán la tenencia del inmueble, pudiendo ejercer todos los derechos y cumplir con las obligaciones que son consecuencia de la misma.
Artículo 3°: El contrato además deberá autorizar a los comodatarios a conectarse a los diferentes servicios públicos que posean los inmuebles y abonar los cánones y tasas que correspondan, inclusive el municipal.
Artículo 4°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar plano de mensura, a fin de crear los Padrones Municipales.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 04 días del mes de julio de 2006.
| RUBEN DARIO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2006-04976-7 D.E.
N° 2006-00163-6 C.D.