
ORDENANZA N° 4.106
VISTO
Que se ha podido comprobar que las veredas de locales comerciales y de lotes baldíos de calle San Isidro, se encuentran en total estado de abandono y suciedad, y
CONSIDERANDO
Que es necesario preservar la limpieza del Centro Comercial de nuestro Departamento.
Que el mal estado y suciedad de estos locales y baldíos perjudica a quienes poseen un negocio y diariamente realizan la limpieza de sus veredas, como así también los vidrios de sus vidrieras.
Que a fin de embellecer nuestra calle principal, sería oportuno que el Municipio realice las tareas de limpieza y mantenimiento de las veredas de los locales mencionados.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las tareas de limpieza de veredas de locales comerciales desocupados y lotes baldíos ubicados sobre calle San Isidro, desde Emilio Civit hasta A. Fleming.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo deberá cargar un monto fijo a cada propietario de local comercial o lote baldío.
Artículo 3°: El monto a abonar por cada frentista o propietario de locales comerciales desocupados o lotes baldíos, que se comprendidos en lo enunciado en el artículo primero de la presente, será de 25 U. T.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), al 13 de agosto de 2003.
| MARCELO ARBOLEDA | JESÚS ONTIVEROS |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2003-00324-7-B H.C.D.