Ordenanza 4078-2003

ORDENANZA N° 4.078

VISTO
El pedido de luminarias realizado por vecinos de calle Rufino Ortega, del distrito Los Campamentos de esta Ciudad, y

CONSIDERANDO
Que en una reunión mantenida con los vecinos de calle Rufino Ortega, se pudo constatar la gran preocupación que tienen, puesto que son muchas familias que viven en este sector y no cuentan con sistema lumínico y que pueda otorgarles seguridad y tranquilidad.
Que, se debe tener en cuenta que esta calle la transitan a diario de a pié y en bicicleta, trabajadores rurales, amas de casa y especialmente vecinos que viajan a nuestra ciudad a cumplir con su trabajo, y/o a realizar distintas gestiones particulares y de jóvenes estudiantes, siendo que muchos de ellos llegan de noche y es imposible poder caminar en la oscuridad que reina en esa calle.
Que, en forma permanente deben realizar mas de cien metros de traslado en la oscuridad total a los efectos de acceder a los medios de transporte que circulan por el Carril Florida.
Que, el Municipio tiene como prioridad otras obras públicas, y no tiene en cuenta que esta situación que viven estos vecinos es una verdadera necesidad y una prioridad urgente.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Autorizar a la Municipalidad de Rivadavia, a realizar la colocación de cuatro luminarias tipo cruza  calle, sobre calle Rufino Ortega al Norte del carril Florida y tres luminarias al Sur del Carril Florida.

Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá ser imputado a la Partida N° 2-2-4-00-00, alumbrado Público.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 14 de mayo de 2003.

MARCELO ARBOLEDA JESÚS ONTIVEROS
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2003-00144-9-B H.C.D.

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