
ORDENANZA N° 4.062
TEXTO DEROGADO1
VISTO
La necesidad de imposición del nombre al servicio de radiología del Hospital Carlos F. Saporitti, del Departamento de Rivadavia, y
CONSIDERANDO
Que el servicio en la actualidad no cuenta con un nombre determinado.
La importancia de tal servicio para la comunidad.
Que el nombre a imponer surge de la imperiosa necesidad de reconocimiento un hombre de vasta trayectoria profesional en el Departamento, “Don Mario Vitale”, quien además donó el equipamiento y la movilidad necesaria para el correcto funcionamiento del equipo de radiología.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza:
ORDENA
Artículo 1°: Impóngase el nombre “MARIO VITALE”, al servicio de radiología del Hospital Carlos F. Saporitti, de Rivadavia.
Artículo 2°: Envíese copia a modo de notificación de la presente Ordenanza, al Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, al Hospital Carlos Saporitti, a la familia Vitale y al Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” , del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 26 días del mes de marzo del año 2003.
| MARCELO ARBOLEDA | JESÚS ONTIVEROS |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2003-00039-1-B H.C.D.
1 TEXTO DEROGADO: La presente Ordenanza es derogada por Ordenanza Nº 4.075 de acuerdo al siguiente texto: Artículo 1°: Deróguese la Ordenanza N° 4062/03, emanada de este H.C.D. Artículo 2°: Autorizar a Presidencia de este Cuerpo, a efectuar el pago de cuarenta y ocho pesos ($48,00), valor de una placa de bronce gravada de 30 cm. por 15 cm., con destino al Hospital Carlos Saporiti.