Ordenanza 4009-2002

ORDENANZA N° 4.009

VISTO
La necesidad de los vecinos del Callejón Ponce, comprendido entre el Carril Colombo y Calle Nueva Gil, Distrito La Central, y

CONSIDERANDO
Que esta calle es transitada en horarios diurnos como nocturnos.
Que el número de habitantes del lugar mencionado es numeroso, existiendo gran cantidad de chicos en edad escolar.
Que en su mayoría los vecinos del lugar se trasladan en bicicleta o simplemente a pié.
Que dicha zona constituye un importante sector productivo vitivinícola utilizando este camino para el traslado de los diversos productos en tiempo de cosecha.
Que al existir gran cantidad de salitre en dicha arteria y como consecuencia en tiempo de lluvias se producen importantes anegaciones de camino, impidiendo el traslado de los vecinos del lugar.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°:  Ordénese el enripiado en Callejón Ponce en el tramo comprendido entre el Carril Colombo y Calle Nueva Gil, del Distrito La Central.

Artículo  2°: El Departamento Ejecutivo deberá arbitrar los medios necesarios para la  obtención  del material (ripio), y convenir con la Dirección Provincial de Vialidad, Delegación Rivadavia, para la realización de la mencionada obra.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 20 días del mes de agosto de 2002.

MARIELA E. ABRAHAM FLORINDA SEOANE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2002-00395-8   H.C.D.

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