Ordenanza 3737-1999

ORDENANZA Nº 3.737

VISTO
El Expediente N°99-08167/1-I caratulado «INTENDENTE MUNICIPAL ELEVA CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL FONDO FIDUCIARIO DE OBRAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO
Que la Ley N°6.670, en su Artículo 4° inciso Q2, establece el destino de la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000,00.-), para el Municipio de Rivadavia, monto que surge de la devolución por el pago del alumbrado público en el período 1983-1996, que efectivamente pago la Municipalidad de Rivadavia a las Cooperativa Eléctricas del Departamento, y que el Gobierno de la Provincia ante la privatización de la Empresa Provincial E.M.S.E.  S.E. ,condonara a los Municipio, en donde la prestataria era esa  Empresa Estatal.
Que surge del texto de la Ley mencionada, la firma de Convenios entre los Municipios y el Gobierno de la Provincia para la provisión de los Fondos.
Que la crisis económica-financiera que continúa atravesando  el Departamento, obliga a garantizar:
A) continuidad de los servicios municipales
B) El pago de las obligaciones contraídas por el Municipio (proveedores, juicios, etc.)
C) la devolución de los Fondos en concepto de anticipo de coparticipación adelantados por el Gobierno de la Provincia.
D) el pago de retenciones adeudadas,
E) el pago de locaciones de servicios y alquileres
F) el reaseguro del pago al Personal Municipal en el segundo semestre del año 1999.
G) el reintegro dentro del plazo de Ley de los Fondos Extra-Presupuestarios que pudieron haber sido utilizados por el Municipio.
Que se hace necesario transparentar y llevar tranquilidad a todos los sectores involucrados con el Municipio, asegurando el pago en término y regularizar viejas deudas publicas  del Gobierno Municipal.
Que es imprescindible ante la transición democrática  que se avecina actuar con seriedad y responsabilidad y hacer el mayor esfuerzo posible para que las futuras autoridades elegidas por el Pueblo, sean del signo político que sean , encuentren un Municipio equilibrado en sus finanzas y administración.
Que las Fuerzas Políticas que componen el Concejo Deliberante actual, han llevado adelante en los últimos cuatro meses una tarea de consenso laboriosa, tendientes a lograr sacar al Municipio del ahogo financiero, y sean comprometido junto al Departamento Ejecutivo a seguir bregando para conseguir un recurso extraordinario de la Nación (A.T.N.).
Que el Adelanto del Tesoro Nacional mencionado anteriormente, se destinará al pago parcial de la deuda crediticia que mantiene el Municipio con el Bank Boston (en cumplimiento del Artículo 7° de la Ordenanza N°3.607 y Artículo 1° de la Ordenanza N°3.705) y pasivos pendientes de pago.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.

ORDENA

CAPITULO I: FONDOS PROVENIENTES LEY N°6.670 ARTICULO 4 INC.Q2

Artículo 1°: Ratificase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Rivadavia y el Fondo Fiduciario de Obras Públicas, obrantes a fs.30/31 del Expediente N°99-08167/1-I caratulado » INTENDENTE MUNICIPAL ELEVA CONVENIO ENTRE EL MUNICIPIO Y EL FONDO FIDUCIARIO DE OBRAS PUBLICAS», que forma parte integrante de la presente Ordenanza, y por un monto total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000,00.-), según lo establecido en el Artículo 4° Inciso Q2 de la Ley Provincial N °6.670.-

Artículo 2°: Autorízase  al  Departamento  Ejecutivo a cancelar los Adelanto de Coparticipación solicitados al Gobierno de la Provincia – Ministerio de Hacienda, en el presente Ejercicio por un monto total de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 92/100 ($940.824,92.-).

Artículo 3°: Autorízase  al  Departamento  Ejecutivo a cancelar el anticipo de fondos otorgados por el Gobierno de la Provincia – Fondo Fiduciario de Obras Públicas del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas por un monto total de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($320.000,00-), y cuyo destino fue parte de pago de sueldos mes de julio y medio aguinaldo del Personal Municipal.

Artículo 4°: Autorízase  al Departamento Ejecutivo a cancelar las retenciones adeudas de los Ejercicios 1996, 1997, 1998 y primer semestre de 1999, por un monto total de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00-), según el siguiente detalle:

AMU.CO.MEN $ 55.857,15
PARTIDOS POLITICOS $ 24.539,04
SEGUROS TRES PROVINCIAS $ 53.873,14
A.T.E. $ 14.028,06
I.P.V. $ 69.690,82
A.D.E.P. $ 1.184,27
EQUITATIVA DEL PLATA $ 4.158,60
CAJA DE AHORRO Y SEGURO $ 33.644,70
UNEXPO $ 15.298,03
A.M.S.A. $ 2.854,90
S.O.E.M. $ 47.259,82
U.P.C.N. $ 50.028,57
CLUB DE PESCA $ 8.370,00
BANCO DE MENDOZA $ 96.617,89
D.G.I. $ 6.571,57
MAL DE CHAGAS $ 2.304,51
I.T.T. HARFOD $ 6.275,46
CONVENIO U.T.N. $ 7.443,47
TOTAL $ 500.000,00

Artículo 5°: Autorízase   al Departamento Ejecutivo a cancelar el Acuerdo de Adelanto  de  Cuenta  Corriente,  según   Ordenanza  N°3697/99, contraído  en  su oportunidad con el Banco Mendoza S.A., por un monto total de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 39/100 ($ 126.980,39), según consta en detalle de fs.14,  al día 26 de julio de 1999. Los intereses y otros impuestos devengados desde la fecha que antecede hasta el efectivo pago, serán imputados en la Partida Presupuestaria correspondiente del Presupuesto en vigencia, autorizando a abonar los intereses a una tasa de hasta el 1% mensual.

Artículo 6°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a cancelar el pago de las Locaciones de Servicios hasta el 30 de agosto de 1999, por un monto total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CATORCE ($39.314), de acuerdo al siguiente detalle:

PROVEEDOR EJERCICIO 98 EJERCICIO 99 RESULTANTE
BERTONA C. 2.000,00 1.500,00 3.500,00
MARTIN M. 1.230,00 1.230,00
TORO P. 600,00 600,00
FRANCESE M. 576,00 576,00
RAMERO M. 768,00 768,00
RICCITELLI F. 768,00 768,00
RICCITELLI N. 768,00 768,00
ARANCIBIA F. 768,00 768,00
CAÑADAS A. 768,00 768,00
ZAMORA E. 768,00 768,00
ELIAS P. 768,00 768,00
PACHINI M. 768,00 768,00
GARCIA M. 768,00 768,00
AGUILERA A. 768,00 768,00
MAGNALDI S. 768,00 768,00
PEREGRINA 270,00 270,00
MARTIN D. 540,00 540,00
GARCIA Y. 540,00 540,00
BUSTOS J. 540,00 540,00
AGUERO V. 540,00 540,00
TERRAZA D. 540,00 540,00
ROSSI M. 540,00 540,00
MAGNALDI A. 540,00 540,00
PAEZ A. 540,00 540,00
SANCHEZ 1.200,00 1.200,00
BOSCHINI J. 1.600,00 1.600,00
PERRONE G. 2.000,00 2.000,00
ARMENDARIZ V. 700,00 2.100,00 2.800,00
GILBERT R. 3.400,00 3.400,00
FLORES FLORES 600,00 700,00 1.300,00
RODRIGEZ R. 1.600,00 1.600,00
ALBORNOZ M. 300,00 300,00
SOSA N. 1.050,00 1.050,00
PULENTA S. 270,00 270,00
MIGUEZ C. 300,00 300,00
GONZALEZ M. 3.150,00 3.150,00
ROCRIPED 800,00 800,00
RICHARDI 200,00 200,00
RODRIGUEZ 200,00 200,00
PICONERO 200,00 200,00
TOTALES 5950,00 33.364,00 39.314,00

Artículo 7°: Autorízase  al  Departamento Ejecutivo a cancelar el pago de Alquileres adeudados al 30 de junio de 1999,  por  un  monto  total  resultante de la aplicación del Artículo 9º de la presente Ordenanza de   PESOS   CINCUENTA  Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 55/100 ($ 52.294,55), según el siguiente detalle:

ACREEDOR MONTO ORIGINAL DEUDA MUNICIPAL RESULTANTE
MORON 3.170,00 97.46 3.072,54
CORREA 1.040,00 1.040,00
GELVEZ 1.080,00 586,30 493,70
CASTRO 720,00 720,00 0,00
ESPIN 3.600,00 3.600,00
RUBIALES 2.250,00 2.250,00
CENTORBI 44.200,00 2.361,69 41.838,31
TOTALES 56.060,00 3.765,45 52.294,55

Artículo 8°: Destínase la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 65/100 (485.288,65.-) al pago de la deuda que mantiene el Municipio  con proveedores, por antigüedad, según el siguiente detalle:
EJERCICIO 1996

PROVEEDOR MONTO ORIGINAL DEUDA MUNICIPAL RESULTANTE
JUICIO DUFFAU 38.977,92 38.977,92
BOLETIN OFICIAL 3.455,89 3.455,89
ENCOTESA 1.208,04 1.208,04
DIARIO LOS ANDES 1.687,50 1.687,50
FARMAC.SAN ROQUE  503.26 503,26
LA M.J. DE VIAJAR 16.105,00 16.105,00
LUCERO MUSIC 450,00 450,00
TOTAL EJ.1996 61.884,35 61.884,35

EJERCICIO 1997

PROVEEDOR MONTO ORIGINAL DEUDA MUNICIPAL RESULTANTE
OBRAS SANITARIAS 55.811,84 55.811,84
ENCOTESA 17.862,19 17.862,19
GIMENEZ DE MUJICA 852,78 852,78
BRICCOLA ESTHER 1.747,96 1.747,96
MARTINEZ DE SOSA 970,09 970,09
BENAVIDEZ JUAN M. 410,00 410,00
DIARIO UNO 1.750,00 1.750,00
DIARIO LOS ANDES 2.693,80 2.693,80
LA M.J. DE VIAJAR 13.894,60 13.894,60
FARMAC. SAN ROQUE 250,36 250,36
RAMERO ANA 18.827,77 18.827,77
LUCERO MUSIC 2.280,00 2.280,00
TOTAL EJ. 1997 117.101,03 117.101,03

EJERCICIO 1998

REPCAT MZA. SRL 168,00 168,00
RIPIERA SAN JOSE 10.906,40 6.000,00 4.906,40
C.E.A.P.R. LTDA 60.000,00 1.219,54 58.780,46
DIARIO LOS ANDES 2.918,00 404,08 2.513,92
CASA MUSRI 1.771,20 130,44 1.640,76
DE LA ROSA 217,00 217,00
LOS COLORES 2.090,90 2.090,90 0,00
POLIPLAST 42,50 42,50 0,00
BAYARRI JOSE 29,50 29,50 0,00
HUMAR MUSTAFA 904,80 904,80 0,00
COOP. S. R. TUNUYAN 21.247,99 21.247,99
RVIA. ACCESORIOS 4.829,00 3.806,73 1.022,27
CHIRINO PABLO 1.826,00 1.826,00
MICARELLI JUAN 303,00 303,00
LOMBARDO L. 982,10 982,10 0,00
LIBRERIA ESPAÑA 1.174,10 812,32 361,78
PEDROZA JOSE E. 145,00 145,00 0,00
FRENOS ROSALES 55,00 55,00
VIDAL MIGUEL 13.860,00 237,57 13.622,43
LUCERO MUSIC 2.340,00 334,68 2.005,32
PANIF. MODELO 1.101,30 336,85 764,45
CAPONE ALBERTO 389,50 389,50
AGUILAR HECTOR 526,00 526,00 0,00
ESPOSITO GIMENEZ 78,50 78,50
PRISCO DEPORTES 371,00 371,00 0,00
GRANDO JORGE 40,00 40,00 0,00
FUNES JORGE 2.963,43 2.963,43
GIRALA DANIEL 2.748,00 2.748,00
CORVACHO JUAN 352,00 352,00 0,00
FM GALILEO 350,00 350,00
LLAVER OSCAR 471,75 471,75 0,00
MARABU 1.800,00 1.800,00 0,00
COOP. E. MEDRANO 31,00 31,00
FRIG.ZAMITO 846,57 846,57 0,00
CORREO ARG. 475,09 144,32 330,77
FLORERIA FABI 350,00 350,00 0,00
ZANOFI ARG. 568,90 568,90
LA CAJA DE AHORRO 568,90 568,90
MEGA 50,00 50,00
TORRES EDGARDO 320,00 320,00
SOLDIMET 267,80 267,80
FM AMADEUS 774,00 774,00 0,00
CAPOMAGGI ENRICO 480,00 480,00 0,00
REC. GRAN ESTE 559,00 559,00 0,00
TALLERES ZAINA 672,00 672,00 0,00
FOTOC. LE COPIE 131,58 131,58 0,00
ACCESS 25,00 25,00 0,00
ECO PRODUCCIONES 125,00 20,40 104,60
RODRIGUEZ HORACIO 180,00 180,00
FOTO NÚÑEZ 40,00 40,00 0,00
OTIS 275,25 275,25
FARMACIA Sta RITA 81,50 81,50 0,00
ECO GAS 19,75 19,75
TELEFÓNICA DE Arg 987,59 175,88 811,71
COOP. REDUC.ARRI 32,35 32,35
U.V.LA CENTRAL 1.240,00 1.240,00
ABRAHAM MUEBLES 29,00 29,00 0,00
CANEO PATRICIO 900,00 900,00 0,00
TEXTIL PEGASO 333,12 333,12
ABRAHAM LAURA 140,63 140,63 0,00
ASERRA.DON NINO 1.832,50 1.050,17 782,33
COOTRARI 22,15 22,15
COVER GAS 100,00 100,00
BICUPIRO 2.600,00 2.600,00
AMORES JUAN 68,00 68,00
AMORES DOMINGO 256,00 256,00 0,00
AGROQ. RVIA 2.266,10 2.266,10 0.00
SANSONIGROZONA 3.500,00 3.500,00
CADENACCI S.A. 8.955,00 8.955,00
TAPAS CORIA 380,00 341,96 38,04
LA M.J. DE VIAJAR 2.020,00 2.020,00
GRISPO Y RONCO 22,96 22,96
PETRI ROBERTO 150,00 150,00 0,00
UNIFON 2.651,94 2.651,94
U.V. MEDRANO 48,56 48,56
U.V. LA REDUCCION 90,80 90,80
SECCIONAL 13 POLIC. 1.000,00 1.000,00
MARTINEZ JORGE 1.530,00 1.530,00
A.R.T. 16.000,00 16.000,00
DIARIO UNO 1.500,00 1.500,00
SOSER SRL 385,00 385,00
ECCE SRL 6.488,82 6.488,82
DALLAGO MARIO 280,00 280,00
SUAREZ ANTONIO 100,00 100,00
OLIVERA MARCELO 680,00 84,99 595,01
U.V. SAGRADA FLIA 31,48 31,48
FERNANDEZ JORGE 2.890,00 12,88 2.877,12
DRAGOMEN 302,00 302,00
GARCIA ANGEL 30,00 30,00
FM NIVEL 350,00 350,00
FM 103,5 400,00 400,00
FM 95.5 100,00 100,00
HUARPE PUB. 252,00 252,00
SURBALLE DIANA 200,00 200,00
SIMIONATO LIDO 38,00 38,00 0,00
KIOSCO MATIAS 43,25 43,25 0.00
HERRERA OSCAR 1.170,00 1.170,00
ABRAHAM MARIA 30,35 30,35 0,00
DUPOUX DOMINGO 324,00 324,00
ROSAS MARCELO 500,00 500,00
C.A.P.E. LTDA 263,76 263,76
MARTÍN 550,00 550,00
ALFREDO GUTIERREZ LUIS 260,00 260,00
ALGAÑARAZ R. 800,00 800,00
REINTEGRO H.C.D. 9.469,97 9.469,97
BASTIAS NESTOR 250,00 250,00
TOTAL EJ 1998 218.688,64 30.681,34 188.007,30

EJERCICIO 1999

COMEGLIO ALDO H. 1.350,00 20,40 1.329,60
CASA MARTINEZ 385,00 385,00
LOS COLORES 1.124,70 1.124,70 0,00
RAMBER 300,00 247,28 52,72
HUMAR MUSTAFA 182,10 182,10 0,00
GINI PEDR 29,00 29,00
IMPREN. CARRERAS 180,00 180,00 0,00
TRIGUY Y LOMBARDI 628,53 628,53
PEDROZA JOSE E. 96,00 96,00
BELARDINELLI ELBIO 2.542,20 61,95 2480,25
LUCERO MUSIC 4.540,00 4.540,00
PRISCO DEPORTES 120,00 120,00 0,00
GRANDO JORGE 3.444,70 357,41 3.087,29
SISP S.A. 5.000,00 5.000,00
CORBACHO JUAN C. 1.284,00 671,42 612,58
DINDORF SERVICE 213,00 133,68 79,32
MORELLO SIXTO 47.711,14 47.711,14
ERREPAR SA 178,25 178,25
MARABU 942,00 942,00 0,00
FRIG. ZAMITO 377,63 377,63 0,00
TERRANOVA JUAN C. 560,00 560,00
BARROSO-MORALES 2.688,00 390,67 2.297,33
CAMPILLAY A. 367,34 367,34
LA CAJA DE AHORRO 8.394,10 8.394,10
CONDORI CORNELIO 2.100,00 2.100,00
TORRES EDGARDO 1.070,00 1.070,00
FOTO NUÑEZ 876,00 773,66 102,34
ABALLAY FELIPE 1.900,00 1.900,00
LIGORRIA FERNANDO 800,00 800,00
SECCIONAL 13 POL. 4.873,00 4.873,00
ASOC.MÚSICOS CUYO 5.800,00 5.800,00
LM SHOW 1.240,00 1.240,00
AEROSOLD SA 2.035,19 2.035,19
BASTIAS NESTOR H. 400,00 400,00
FRENOS SOTO 330,00 98,21 231,79
GONZALES 466,50 466,50 0,00
ISIDRO DI BERNARDO B. 320,00 320,00
ELIAS MARÍA C. 2.115,00 1.505,92 609,08
SIEMENS 11.527,40 11.527,40
RUBIO Y GUTIERREZ 1.125,00 1.125,00
DIAZ HNOS. 5.138,00 5.138,00
DEL POZO ANTONIO 1.650,74 455,02 1.195,72
TOTAL EJ. 1999 126.404,52 8.108,55 118.295,97
MONTO ORIGINAL DEUDA MUNICIPAL RESULTANTE
EJERCICIO 96 61.884,35 61.884,35
EJERCICIO 97 117.101,03 117.101,03
EJERCICIO 98 218.688,64 30.681,34 188.007,30
EJERCICIO 99 126.404,52 8.108,55 118.295,97
TOTALES 524.078,54 38.789,89 485.288,65

Artículo 9°: El Departamento Ejecutivo deberá regularizar los débitos y créditos con los acreedores de la Municipalidad de Rivadavia (proveedores, alquileres, locaciones de servicios y garantía ejecutables en favor del Municipio ), conforme con lo que establece la Ordenanza N°3.455, CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL, Capítulo II  Artículo 76°. Serán exceptuados de este procedimiento de cancelación de deudas con la Municipalidad, los contribuyentes que hayan suscripto planes de regularización de deuda y que estén al día en su cumplimiento, al momento de la promulgación de la presente Ordenanza. Los acreedores que regularicen sus deudas por la aplicación del presente Artículo, nada podrán reclamar en el futuro en referencia a sus créditos compensados.

Artículo 10º: Créase el Fondo Especial Ordenanza Nº3.737/99, con el monto resultante de la aplicación de las deudas, que por todo concepto registran los acreedores y proveedores (alquileres, locaciones de servicios, y proveedores de bienes y servicios y garantías ejecutables en favor del Municipio) detallados en los Artículos  7º y 8º de la presente, con la Municipalidad de Rivadavia, con destino a un fondo de resgardo de pago de salarios al Personal Municipal.

Artículo 11º: El  Departamento Ejecutivo deberá rendir cuentas de acuerdo al Artículo 3º del Convenio firmado el 15 de Julio de 1999, entre la Municipalidad y el  F.F.O.P. por el cual se compromete a presentar rendición de los fondos recibidos ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia y comunicar al F.F.O.P. el número correspondiente a dicha rendición de conformidad con lo establecido en el acuerdo 2514 del Tribunal de Cuentas de la Provincia; del cual la Municipalidad toma conocimiento, asimismo una copia de ésta deberá ser presentada a este Cuerpo.

CAPITULO II: RECURSOS EXTRAORDINARIOS
Artículo 12°: A los fines del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 7° de la Ordenanza N°3.607 el Departamento Ejecutivo deberá destinar el monto total del Adelanto de Tesoro Nacional de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000,00.-) al pago de la deuda crediticia que mantiene la Municipalidad de Rivadavia con el Bank Boston y pasivos pendientes de cancelación del presente Ejercicio.

Artículo 13°: Ratifícase la Ordenanza Nº3.607 en su Artículo 7º y deróguese    la Ordenanza Nº3.705.

Artículo 14º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones de Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 24 de setiembre de 1999.

JULIO CESAR GOMEZ JOSE CARLOS PUEBLA
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 99-08167-1-I D.E.
Nº99-00506-9 H.C.D.
Nº99-09101-9-I  D.E.
Nº99-00550-7 H.C.D.

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