Ordenanza 3685-1998

ORDENANZA Nº 3.685

VISTO
El Expediente Municipal Nº 97-14007-3-I, por el cual el Sr. Intendente Municipal remite el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 1.998, y

CONSIDERANDO
Que por las distintas reformaciones solicitadas por este Honorable Concejo Deliberante para adaptar el Presupuesto a una situación financiera real que contemple las distintas situaciones que se han producido durante el transcurso del presente año. Es que el presente ha ingresado para su tratamiento definitivo a casi 60 días de la finalización del presente Ejercicio, produciendo de esta forma Partidas Presupuestarias que se consideran a esta fecha cumplidas y hasta en algunos casos se han producido excesos en las mismas, de acuerdo a la Ejecución Presupuestaria emitida por el Municipio al 31 de octubre de 1.998.
Que el presente Presupuesto, presentado con fecha 28 de noviembre de 1.997, por un monto de Pesos 8.557.271,71 y que en el mismo se presupuestaba un monto de $ 850.000,00 para este Honorable Concejo Deliberante significando un 10 % del total.
Que en la actualidad, se envió a este Honorable Concejo Deliberante la reformación solicitada, ascendiendo a $ 10.092.070,00 permaneciendo el Presupuesto de este Honorable Concejo Deliberante en el mismo importe, produciendo por parte del Departamento Ejecutivo una disminución imposible de cumplir por lo avanzado del año, lo que implicaría la reducción de otras Partidas para cumplir con las obligaciones adquiridas.
Que es evidente, que el presente Presupuesto va a sufrir ajustes de Partidas que de no mediar Ingreso Extrapresupuestaria alguno al 31 de diciembre del corriente, afectará a la Partida Financiamiento.
Que con la reducción de Recursos de otras jurisdicciones en aproximadamente Seiscientos Sesenta Mil ($ 660.000).
Que habiendo dejado de percibir por parte del Gobierno Provincial los Setenta Pesos ($70,00), por Agente Municipal a cuenta de Paritarias futuras percibiendo solamente Pesos Diez ($10,00) por cada uno.
Que la recaudación de origen Municipal no alcanzó los objetivos presupuestados, debiendo el Municipio continuar con las obligaciones contraídas.
Que a su vez se reconoce una disminución de Pesos Novecientos Sesenta Mil ($ 960.000,00), con respecto al Presupuesto del año 1.997, demostrando de esta forma la intención por parte del Departamento Ejecutivo y de este Honorable Concejo Deliberante de reducir los gastos a su mínima expresión.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Fíjase el Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos del Ejercicio Financiero 1.998 en la suma de PESOS DIEZ MILLONES NOVENTA Y DOS MIL SETENTA ($ 10.092.070,00), obrante a Fs. 72/90 del Expediente Municipal Nº 14007-3-I-97, caratulado Intendente Municipal eleva Proyecto de Cálculo de Recursos y Gastos para el Ejercicio Financiero 1998.

Artículo 2º: Fíjase la Remuneración del Señor Intendente Municipal en una suma equivalente al Setenta por Ciento (70 %) de lo que percibe el Señor Gobernador de la Provincia de Mendoza por todo concepto.

Artículo 3º: Asígnase al Señor Intendente Municipal en concepto de Gastos Funcionales, un Adicional del Cuarenta y Dos por Ciento (42 %), sobre el monto establecido en el Artículo 2º de presente Ordenanza.

Artículo 4º: Fíjase la Dieta del Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante, en un monto equivalente al Sesenta por Ciento (60 %) de lo establecido para el Señor Intendente Municipal en el Artículo 2º de la presente. Asígnase al Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante, en concepto de Gastos Funcionales, un Adicional del Cuarenta por Ciento (40 %) de lo establecido para el Señor Intendente Municipal en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.

Artículo 5º: Fijase las Dietas de los Señores Concejales en un monto igual al Cuarenta y Cinco por Ciento (45 %) de lo establecido para el Señor Intendente Municipal en el Artículo 2º de la presente. Asígnase a los Señores Concejales en concepto de Gastos Funcionales un Adicional equivalente al Veintiocho por Ciento (28 %) de lo establecido para el Señor Intendente Municipal en el Artículo 2º de la presente.

Artículo 6º: Fíjase para Funcionarios del Departamento Ejecutivo una remuneración equivalente y con respecto a lo percibido por el Señor Intendente Municipal de acuerdo al siguiente detalle:
a) Secretarios del Departamento Ejecutivo:
Asignación de la Clase …..55 %
Gastos Funcionales …..28 %
b) Directores del Departamento Ejecutivo y Contador Municipal:
Asignación de la Clase …..50 %
Gastos Funcionales …..28 %

Artículo 7º: Fíjase una remuneración al Señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante en un monto equivalente al Noventa por Ciento (90 %) de lo que perciben los Señores Concejales en concepto de Dieta. Asígnase al Señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante en concepto de Gastos Funcionales un Adicional del Noventa por Ciento (90 %) de lo que perciben los Señores Concejales por el mismo concepto.

Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 04 días del mes de diciembre de 1.998.

MARCELO EDUARDO ARISTEO LUIS EDUARDO TOLOSA
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 97-0639-1 H.C.D.
Nº 14007-3-I-97 D.E.

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