
DECLARACIÓN Nº 19
VISTO:
La necesidad de instalación o reposición de luminarias para una mejor visibilidad y seguridad para la población, que habita y se traslada frecuentemente sobre Calle Florida desde la esquina de Calle Galigniana hasta Calle Oratorio del distrito de La Libertad, y
CONSIDERANDO:
Que, diariamente vecinos de los distritos Los Campamentos y La Libertad que se trasladan a sus actividades laborales, como lo es, la concurrencia diaria al establecimiento educativo que se encuentra en el lugar, la bodega, fincas o el Centro de Salud, tanto en horarios nocturnos como en las mañanas, en los meses de invierno principalmente, corren el riesgo de sufrir accidentes o hechos vandálicos, debido a la falta de luminarias en el tramo comprendido desde Calle Galigniana hasta Calle Oratorio.
Que, la Calle Florida por la presencia de árboles de gran tamaño y follaje, y descampados que se encuentran a los alrededores, se torna en un lugar estratégico para que se produzcan hechos de vandalismo, como así también, el peligro de que ocurran accidentes por la poca visibilidad y porque generalmente las personas que se trasladan, ya sea en bicicleta como en moto no colaboran con elementos necesarios como es, chalecos refractarios, ojos de gato, etc.
Que, la colocación o reposición de luminarias servirá en gran medida para impedir estas situaciones, y así, lograr que los vecinos puedan trasladarse tranquilos por esta calle a realizar sus actividades.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades.
DECLARA
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal, y quién corresponda colabore en forma conjunta con los vecinos y el personal técnico adecuado en diagramar los trabajos a realizar, en cuanto a la instalación o reposición de luminarias en la Calle Florida en el tramo que comprende desde Calle Galigniana hasta Calle Oratorio en el distrito La Libertad de nuestro Departamento.
Artículo 2º: Lo normado en el Artículo 1º de la presente, en lo que refiere a la instalación y/o reposición de luminarias, deberá ubicarse de acuerdo a las normas vigentes y realizar el desrrame correspondiente de los árboles para una mejor visibilidad.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal, podrá disponer de personal para dicha obra.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 06 días del mes de agosto de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00172-8 H.C.D.