
DECLARACIÓN Nº 10
VISTO
El Expediente Nº2011-00200-9, caratulado H.C.D. de Malargue remite copia de la Declaración Nº132/11, y
CONSIDERANDO
La sanción de la Ley Nº26.687 de fecha 13 de junio de 2011, que regula la publicidad; promoción y consumo de productos elaborados con tabaco, que tiene como finalidad reducir el consumo generando de esta manera una menor contaminación ambiental, y la prevención de la iniciación del tabaquismo en la población y en especial de los niños.
Que, esta Ley establece los ambientes de trabajo y aquellos espacios públicos libres de humo a fin de velar por la salud de las personas tanto de quellos fumadores como de los que no lo son, por cuanto involuntariamente aspiran el humo del cigarrillo, denominándose fumador pasivo.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, adhiere en todas y cada una de sus partes, a la Declaración Nº132/11, emanada del H.C.D. de Malargue, mediante la cual adhiere a la Ley Nº26.687, que plantea la regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco, a fin de la prevención y asistencia de la población ante los daños que produce el tabaquismo.
Artículo 2º: Remitir copia de la presente pieza legal al Honorable Concejo Deliberante de Malargue, para su conocimiento y demás efectos.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 días del mes de agosto de 2011.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | MAURICIO DI CÉSARE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2011-00200-9 C.D.