
DECLARACIÓN N° 2
VISTO
El Expediente N°2006-00129-7, caratulado Ediles de Rivadavia presentan Proyecto de Declaración referido a la reglamentación del futuro Ente Regulador del Transporte Público Provincial, y
CONSIDERANDO
Que en la actualidad se padece de innumerables deficiencias en el Transporte Público de Pasajeros.
Que gran parte de los problemas se centran en el incumplimiento de los horarios en las frecuencias, el mal estado de las unidades, escasez de refuerzos en horarios picos, inexistencia de recorridos en puntos neurálgicos de nuestra geografía y altos precios del boleto producto de una vieja distorsión.
Que a pesar de los distintos reclamos realizados sobre los mencionados problemas, nunca se solucionaron y en consecuencia fueron agudizándose con el paso del tiempo.
Que la inexistencia actual de oficinas en nuestro Departamento que recepcionen las denuncias de los vecinos sobre el mal funcionamiento del Transporte Público, permitieron que la empresa prestataria no fuese sancionada por su incumplimiento.
Que la absoluta centralización provincial en el control del Transporte Público de Pasajeros en todo el territorio, desprovee de instrumentos a los Municipios para solucionar los diversos problemas locales.
Que la próxima licitación del Transporte Público de Pasajeros en nuestra región y la creación del Ente Provincial que regulará el mencionado servicio, tiene que superar y evitar las grandes deficiencias actuales y del pasado.
Que para tal emprendimiento es imperioso y necesario la descentralización de herramientas a los municipios que le permitan controlar el funcionamiento del servicio y poder solucionar con la mayor celeridad posible cualquier deficiencia del mismo.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, vería con agrado que en la reglamentación del futuro Ente Regulador del Transporte Público Provincial, se descentralicen facultades a los Municipios para controlar el funcionamiento del servicio en su jurisdicción y sancionar las deficiencias del mismo.
Artículo 2°: El Concejo Deliberante de Rivadavia vería con agrado que en los pliegos de la próxima licitación del Transporte Público de Pasajeros en nuestra región, se estableciesen las sanciones que los Municipios podrán aplicar a las empresas prestatarias cuando incurran en deficiencias del servicio.
Artículo 3°: Remítase copia de la presente Declaración al Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia y a la Dirección de Vías y Medios de Transporte e invítese a adherir a la misma a todos los Concejos Deliberantes de Mendoza.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de junio de 2006.
| RUBÉN DARÍO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2005-00129-7 C.D.