Declaración 13-2005

DECLARACIÓN N° 13

VISTO
El Expediente N° 2005-00118-1, por el cual la Asociación de Jueces Municipales de Faltas de la provincia de Buenos Aires, solicita se declare de Interés Municipal al II Congreso Nacional de Bromatología Municipal, y

CONSIDERANDO
Que el mencionado Congreso reviste una gran importancia para los Gobiernos locales, debido a la temática que abordará.
Que, a nadie escapa, que en gran medida la salud de la población depende del estado sanitario de los alimentos que consume y, en esta instancia, es responsabilidad del Municipio a través de sus áreas pertinentes ejercer un correcto contralor sobre aquellos. Sobre todo, en estos tiempos, en que la especulación económica de los empresarios del sector prima sobre la calidad y genuinidad de los productos que lanzan a la venta  pública.
Que, tal situación, obliga a los órganos de control a redoblar sus esfuerzos no sólo en acciones, sino en capacitación y equipamiento para su personal, de modo tal que lo puedan ejercer con idoneidad, oportunidad y formalidad.
Que, este Concejo Deliberante, entiende que es plausible acompañar iniciativas de esta naturaleza, puesto que su alcance contribuirá, en gran medida, a capitalizar conclusiones válidas para el quehacer de nuestro Municipio en la problemática que nos ocupa.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, declara de Interés Municipal, el II Congreso Nacional de Bromatología Municipal organizado por la Asociación de Jueces Municipales de Faltas de la provincia de Buenos Aires, por llevarse a cabo en Mina Clavero y Nono – Traslasierra (Córdoba), desde el  17 al 19 de noviembre del corriente año, bajo el lema: “Control Municipal de alimentos  para una mejor calidad de vida”.

Artículo 2°: Instar a la Dirección de Acción Social, Medio Ambiente y Salud de esta Municipalidad a participar de dicho Congreso.

Artículo 3°: Remitir copia de la presente Declaración a la Asociación de Jueces Municipales de Faltas de la Provincia de Buenos Aires y al  señor Carlos Dioca, Coordinador General en Córdoba.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 09 días del mes de mayo de 2005.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2005-00118-1 C.D.

Compartir publicación: