Ordenanza 4882-2017

ORDENANZA Nº 4.882

VISTO:
Los Expedientes Nº 2017-00278-9; 2017-00193-0; 2017-00223-5; 2017-00064-3 y 2017-08456-3, todos referidos a temas de seguridad en el ámbito del Departamento de Rivadavia, y

CONSIDERANDO:
En el año 2014 se sanciona la Ordenanza Nº 4743, que dispone la creación en Rivadavia del “Consejo de Seguridad Departamental”.
En su Artículo 2º de la mencionada norma, establece como estará integrado el mencionado Consejo, pero en su Artículo 7º menciona a los representantes titulares y suplentes del Honorable Concejo Deliberante con nombre y apellido, sin prever que al finalizar su mandato los Ediles designados, no podrían ser reemplazados sin una modificación a la respectiva Norma.
Si bien el Artículo 8º de la Ordenanza de referencia convoca a la primera reunión del Consejo, es necesario modificarlo a fin de actualizar la periodicidad mínima en la que debe reunirse el Consejo de Seguridad Departamental, sobre todo teniendo en cuenta que la seguridad es una de las principales demandas de la sociedad actual.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Modificase los Artículos 2º, 7º y 8º de la Ordenanza Nº 4.743/14, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 2º: El Consejo de Seguridad Departamental, estará integrado por un representante del Departamento Ejecutivo, Concejales pertenecientes a los Partidos Políticos con representación parlamentaria en este Cuerpo Deliberativo, y un representante del Foro Vecinal del Departamento, conforme a lo establecido en el Artículo 14º de la Ley 6.721.
Artículo 7º: Designase  a un Concejal por Bloque con representación parlamentaria, para la conformación del Consejo Departamental de Seguridad.
Artículo 8º: El Consejo de Seguridad Departamental deberá convocar como mínimo a una reunión ordinaria mensual de carácter obligatorio, y en caso de emergencias se podrá convocar a reuniones extraordinarias.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante  de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de Noviembre de 2017.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Exptes. Nº 2017-00278-9; 2017-00193-0; 2017-00223-5; 2017-00064-3 H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2017-08456-3  D.E.

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