ORDENANZA Nº 4985-20

VISTO:

El Expediente Nº 2020-00058-0, caratulado Bloque Acción y Militancia Peronista, presentan Proyecto de Ordenanza: Solicitar se coloque el nombre Miguel Vanella al pasaje ubicado entre calle San Martín y Félix Yóben de Ciudad, y

 

CONSIDERANDO:

La necesidad de los vecinos de tener una denominación del Pasaje, dado que el mismo se encuentra sin nombre y los mismos manifiestan que el mismo se denomine Pasaje Miguel Vanella.

Que el domicilio real es un derecho y un atributo de la persona el cual deben estar debidamente identificado.

Que los peticionantes han expuestos a través de notas la dificultad de los mismos a la hora de ser localizados para sus trámites y su vida social.

Que la denominación de dicho pasaje se debe a que sobre el  mismo no tiene ninguna resolución que indique otro nombre.

Que por otra parte, la denominación Pasaje Don Miguel Vanella resulta un reconocimiento a los inmigrantes que hicieron grande nuestro departamento.

Que los peticionantes manifiestan que Miguel Vanella, fue un hombre que llegó a la Argentina en 1902, contrajo matrimonio con Concepción Valerio, con la cual tuvo 9 hijos. Se arraigó en Rivadavia donde hizo una bodega con su esposa. A la defunción del matrimonio, esa bodega fue vendida por sus herederos y pasó durante 47 años por manos de diferentes propietarios, al cabo de un tiempo la bodega la compró su nieto Vicente Miguel Vanella, que actualmente elabora vinos finos y es una bodega boutique donde se realizan innumerables eventos. Miguel Vanella fue un hombre comprometido con el departamento el cual, además, realizó un gran trabajo social y ayuda a la Comisión San Roque, fue socio de Casa de Italia donde colaboraba con toda persona que lo necesitaba. También fue integrante de Irrigación y un empresario que vendía vinos a granel y embotellados. Un ciudadano activo y comprometido con sus conciudadanos.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

 

ORDENA

Artículo 1°: Nomínese “Miguel Vanella” al pasaje ubicado en calle San Martín, con salida a calle Félix Yóben.

Artículo 2º: Por la Dirección de Obras Públicas, procédase a la colocación de carteles indicadores.

Artículo 3º: Remítase copia de la presente Ordenanza a los vecinos peticionantes a sus efectos.

Artículo 4°: Remítase copia de la presente al Correo Argentino, Cooperativas Eléctricas y Aysam.

Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 19 días del mes de mayo de 2020.

 

 

 

              MARÍA INÉS DALLAGO                                 MAURICIO DI CÉSARE

                SECRETARIA H. C. D.                                     PRESIDENTE H. C. D.

 

 

Cpde. Expte. Nº 2020-00058-0 H.C.D.

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