
VISTO:
El Expediente Nº 2020-00143-0, Expediente Municipal Nº 2019-06677-4, caratulado: “Carrascosa María, Ofrece Donación Terreno”, en el que a fojas 1 con su firma asiente su voluntad de donar sin cargo, y
CONSIDERANDO:
Que urbanísticamente la calle San Martín es de fundamental importancia para el desarrollo vial de esta Ciudad.
Que debido a la extensa distancia que existe entre calle Balcarce y calle España, es propicia la apertura de la Calle San Martín, para la conexión entre Sarmiento y calle Reconquista para mejorar el sentido vial.
Que la apertura de la calle San Martín será un nexo fundamental para la conexión con la escuela Humberto Tolosa, donde funciona primaria, secundaria y un terciario.
Que el cargo solicitado por los titulares es la condonación de la deuda del padrón Municipal Nº 0034, cuenta Nº 730; con un total de pesos cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho con treinta y ocho centavos ($54.578,38). Y la ejecución del plano de mensura, donde se detalla la superficie afectada para la donación e inscripción de la calle San Martín.
Que la urbanización faltante correspondiente a red de aguas, red de cloacas, red de luz, cordón banquina, cunetas hormigonadas, perfilado de calles, veredas, estaqueo de lotes y perfilado de las calles a donar será a cargo de la titular donante y/o futuros adquirientes.
Que no se dará ingreso a las transferencias de los inmuebles hasta que no se complementen las obras de urbanización faltante.
Que el valor del terreno supera ampliamente el costo del cargo solicitado.
Que a fojas 20 se adjunta el croquis de mensura donde se establecen las medidas y superficies afectadas a prolongación de calle San Martín.
Una vez aprobada la mencionada Ordenanza, se realizará el conforme plano de mensura por parte de la Oficina de Catastro para ser visado por la Dirección General de Catastro, donde se determinan las superficies a donar con sus medidas lineales de superficies correspondientes.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Acéptese la donación con cargo ofrecida por Carrascosa Careddu, Lucas Adriel, D.N.I. Nº: 34.756.131, CUIT.: 30-34756131-3 y Carrascosa Careddu, María Paula, D.N.I. Nº: 39.602.704, CUIT.: 27-39602704-1, del rasgo de terreno afectados por prolongación de calle San Martín, con una superficie aproximada de 714,55 m2 según croquis adjunto en fojas 20 del Expediente Municipal Nº 2019-06677-4 “Carrascosa María– Ofrece Donación Terreno”. Siendo el cargo solicitado por los titulares del cierre con tela romboidal y postes de madera, construcción de vereda y construcción de cordón banquina, ambas obras edilicias con su correspondiente material y mano de obra por parte de la Municipalidad de Rivadavia, también en el cargo se solicita la condonación de la deuda del padrón Municipal Nº 0034, cuenta Nº 730; con un valor de cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho con treinta y ocho centavos ($54.578,38) y la conformación del plano de mensura por parte de la Oficina de Catastro; parte de la Nomenclatura Catastral: 10-01-02-0066-000022-0000-6, Padrón de Rentas 10/00562-7, Padrón Municipal 0034 y cuenta Nº 730, según plano de mensura Nº 10/18211, visado por la Dirección General de Catastro, inscripto en el Registro de la Propiedad en 4ta Inscripción al Nº 4445, Fojas 162, Tomo 37 – C de Rivadavia, con fecha de inscripción 23/07/1954 y fecha de escrituración 19/07/1954.
Artículo 2º: El resto de las obras de urbanización del inmueble serán a cargo del titular y/o futuros adquirientes, como se establece en la Ordenanza Municipal Nº 3.877 del año 2.000 y la Ley Nº 4.341 del año 1979.
Artículo 3º: Una vez aprobada la presente Ordenanza y su Resolución correspondiente, se procederá a la conformación del plano de mensura, donde se detallará medidas y superficies de la prolongación de calle San Martín.
Artículo 4º: Condónese la deuda del padrón Municipal Nº 0034, cuenta Nº 730; con un valor de cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho con treinta y ocho centavos ($54.578,38).
Artículo 5º: Por el Departamento Ejecutivo se deberán realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro de la Propiedad para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de julio de 2020.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. Nº 2020-00143-0 H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2019-06677-4 D. E.
